Diario del Derecho. Edición de 05/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/03/2019
 
 

Audiencia Provincial de A Coruña

La Audiencia coruñesa anula acciones de dos exclientes del Banco Popular y obliga al Santander a devolverles 4.225 euros

22/03/2019
Compartir: 

La Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado la primera sentencia en Galicia que estima la demanda de dos clientes del antiguo Banco Popular y anula las acciones de ampliación de capital de 2016, según informa el despacho de abogados Pérez-Lema.

A CORUÑA, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

El fallo judicial confirma una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de A Coruña "y obliga al Banco Santander, como sucesor de la desaparecida entidad, a devolver a los accionistas los 4.225 euros que invirtieran en aquella emisión de valores", explican fuentes del bufete.

A la hora de determinar si los clientes tenían pleno conocimiento del riesgo que asumían al comprar las acciones del Popular, la Audiencia de A Coruña afirma que "la propaganda informativa del banco era laudatoria sobre sus posibilidades futuras".

No obstante, tras el traspaso por un euro al Santander y la pérdida del valor de las acciones, entiende que la imagen de solvencia de la entidad "no se ajustaba en modo alguno a su realidad económica".

La Audiencia descarta imponerle el pago de todas las costas procesales al Santander al no existir, por ahora, una doctrina unificada del Tribunal Supremo sobre la anulación de órdenes de compra de acciones del Popular respecto a la ampliación de capital de 2016.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  2. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  5. Actualidad: Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba
  6. Tribunal Supremo: La empresa está obligada a acreditar que el trabajador cumple los requisitos exigidos en el Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, y sus tripulantes de cabina de pasajeros, para su progresión profesional
  7. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  8. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  9. Actualidad: El ICAM remarca que "sin secreto profesional no hay justicia"
  10. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana