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XIII Concurso Escolar “Día de Europa”

11/03/2019
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Orden de 27 de febrero de 2019 por la que se convoca el XIII Concurso Escolar “Día de Europa” (DOE de 8 de marzo de 2019). Texto completo.

ORDEN DE 27 DE FEBRERO DE 2019 POR LA QUE SE CONVOCA EL XIII CONCURSO ESCOLAR “DÍA DE EUROPA”.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Vínculo a legislación, de Educación, establece en su artículo 89 que las Administraciones educativas podrán establecer, por sí mismas o en colaboración con otras entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares.

La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece entre sus fines garantizar una educación de calidad que promueva el esfuerzo, premie el mérito y busque la excelencia, en un proceso de mejora de los rendimientos escolares. En su artículo 106 indica que la Administración Educativa favorecerá la participación de los centros sostenidos con fondos públicos, del alumnado y del profesorado de formación profesional en programas educativos internacionales. Asimismo, indica que se potenciarán las estancias formativas del profesorado en países del entorno, y que se fomentará especialmente la participación en aquellos proyectos europeos que tengan como objetivo final cursar el módulo de formación en centros de trabajo en otros países.

Por otra parte, las necesidades de la sociedad actual, en la que las tecnologías de la información y comunicación tienen un protagonismo en todos los campos de nuestra vida social, cultural y educativa, así como los cambios en la concepción actual de los procesos de enseñanza y aprendizaje, justifican sobradamente que el sistema educativo fomente la participación en procesos de innovación.

En la formación de la infancia y la juventud debe desempeñar un papel central el conocimiento de Europa y de la construcción de la Unión Europea de la que formamos parte. Por ello, se hace conveniente promover distintas actuaciones para que los centros educativos estimulen entre el alumnado el deseo de conocer Europa y los beneficios que a Extremadura le reporta la pertenencia de España a la Unión Europea.

Este hecho ha generado nuevas necesidades formativas asociadas al significado y al funcionamiento de los Fondos Europeos a favor de la cohesión económica, social y territorial. Los centros educativos deben contar con una serie de instrumentos para el manejo de la correspondiente información. Por eso, con esta décima convocatoria, se pretende aportar un recurso básico para el conocimiento de Europa y de los resultados que la ayuda de la Unión Europea ha aportado al desarrollo económico y social de Extremadura. Se busca con ello colaborar en la enseñanza y en el aprendizaje, con el ofrecimiento de un juego didáctico para el estímulo de habilidades de conocimiento. Este concurso pretende propiciar un espacio dinámico diferente, que puede cumplir un papel primordial en el aprendizaje del alumnado y ser un instrumento eficaz para fomentar el gusto por el conocimiento de la sociedad, de la economía, de la cultura y de todas las diversas manifestaciones sociales del ámbito europeo.

En función de ello, se plantea un procedimiento que favorece el trabajo en equipo de la comunidad educativa.

Estos premios, de acuerdo con lo establecido en el apartado c) del artículo 3 Vínculo a legislación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la misma.

En su virtud, en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su artículo 36, y a propuesta de la Secretaría General de Educación, DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y finalidad.

1. La presente orden tiene por objeto convocar un concurso escolar con motivo de la celebración del “Día de Europa”.

2. El concurso pretende mejorar el conocimiento de Europa, desarrollar y promover la toma de conciencia de nuestra ciudadanía europea mediante la adquisición de nociones fundamentales, fomentar el plurilingüismo, familiarizar al alumnado con el uso de las herramientas TIC como método de trabajo y desarrollar estrategias que fomenten la cultura del emprendimiento en nuestra región.

3. Igualmente, el concurso promueve el conocimiento sobre la construcción de la Unión Europea desde sus orígenes, en el año 1957, hasta la actualidad, poniendo de relieve las diferentes formas de vida y pensamiento de los pueblos y sus gentes que componen las diversas culturas de Europa, así como, específicamente, difundir qué ha supuesto para el desarrollo de Extremadura la inversión de los Fondos Europeos.

Artículo 2. Consignación presupuestaria de los premios.

El importe total para esta convocatoria es de 16.000 euros, que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.222G.481.00, superproyecto 200013029002, proyecto 201313020009, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2019.

Artículo 3. Destinatarios.

Podrá participar el alumnado y profesorado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las siguientes etapas educativas:

- Educación Infantil.

- Educación Primaria.

- Educación Secundaria Obligatoria (ESO y FP Básica).

- Educación Secundaria Post-Obligatoria (Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior).

- Educación Especial.

Artículo 4. Modalidades y categorías de los premios.

Se establecen las siguientes modalidades y categorías:

MODALIDAD A:

Dentro de esta modalidad se establecen dos categorías, según las siguientes etapas educativas:

- Categoría de Educación Infantil y 1.º y 2.º cursos de Educación Primaria.

- Categoría de Educación Especial.

Para optar a los premios establecidos para estas categorías, dentro de la modalidad “A”, se presentará un trabajo de expresión plástica sobre Europa, el cual deberá versar sobre los valores fundamentales de la Unión Europea y su implicación con la educación, y centrarse en la celebración del “Día de Europa”, que se celebra cada año, el día 9 de mayo, en toda Europa.

Los trabajos presentados deberán acompañarse de materiales gráficos o videográficos, en formato digital que documenten el proceso de elaboración, así como de un documento que explique el significado final del trabajo y los valores europeos abordados; también incluirán las instrucciones de uso o de juego, en el caso de que estas sean necesarias.

Será válida cualquier técnica y materiales utilizados.

Cada trabajo será realizado por un grupo de alumnos/as pertenecientes a una misma clase, coordinados por un/a profesor/a. El número de alumnos/as integrantes de un grupo, nunca podrá exceder al de alumnos/as asignados/as a la clase correspondiente.

Cada grupo participante podrá presentar un único trabajo.

Un/a profesor/a no podrá coordinar más de un grupo participante.

MODALIDAD B:

Dentro de esta modalidad se establecen tres categorías, según las siguientes etapas educativas:

- Categoría de Educación Primaria: 3.º, 4.º, 5.º y 6.º cursos.

- Categoría de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.

- Categoría de Educación Secundaria Post-obligatoria (Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior).

Para concursar a los premios establecidos en estas categorías, dentro de la modalidad “B”, se desarrollará un blog creado por un grupo de alumnos/as pertenecientes a una misma clase, coordinado por un/a profesor/a del centro educativo. El número de alumnos/as integrantes de un grupo nunca podrá exceder al número de alumnos/as asignados/as a la clase correspondiente.

Cada grupo participante podrá presentar un solo blog.

Un profesor no podrá coordinar más de un grupo participante.

El contenido del blog se centrará en la difusión de los valores europeos mediante entradas (posts) escritas por el alumnado integrante del grupo. Dichas entradas habrán de evidenciar la identificación de los valores mencionados y la reflexión (la importancia y relevancia en el fomento de la ciudadanía activa, la cohesión social, la prevención de la radicalización y la discriminación, el carácter plural y multiétnico de la sociedad actual, la igualdad de trato, etc.) que habrá de reflejarse en los textos elaborados por el alumnado.

El blog creado deberá contener como mínimo tres de las siguientes herramientas o aplicaciones:

Vídeos, fotos, presentaciones, textos, prezi, padlet, isuu, slideshare, etc., que reflejen cualquier actividad relacionada con Europa, desarrollada por la clase (decoración de aula, de centro, actividad de clase, actividad extraescolar, etc.).

El periodo de realización del blog y de las actividades comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del concurso en el DOE y finalizará el día 9 de abril de 2019, a las 15 horas.

Tanto para el desarrollo del blog como para las actividades que contenga, se podrán usar las herramientas digitales o servicios web que los participantes consideren adecuados, siempre que cumplan lo recogido en el artículo 5.5 de la presente orden, y que su resultado pueda ser visualizado en el blog a través de un navegador estándar y sin necesidad de instalar complementos o plugins especiales o de pago.

Artículo 5. Solicitudes y participación en el concurso.

1. El plazo de solicitud, para las dos modalidades de premios, será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

2. Las solicitudes, que irán dirigidas al titular de la Consejería de Educación y Empleo, se formalizarán en los impresos normalizados que figuran como anexo I (Para los centros participantes por la Modalidad A) y anexo II (Para los centros participantes por la Modalidad B) a esta orden, a los cuales se accederá a través de los formularios de la página web de Programas Educativos Europeos, desde la web https://www.educarex.es/europa/diaeuropa.html de la Consejería de Educación y Empleo. Será imprescindible, una vez cumplimentada la solicitud, firmarla y presentarla en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 Vínculo a legislación del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Los participantes de la Modalidad B deberán elaborar un blog específico para su participación en el Concurso. La dirección web para acceder al blog deberá indicarse en el modelo de solicitud de participación de la Modalidad B (anexo II). Se recomienda utilizar una cuenta de Google o de Educarex, que proporciona, de forma gratuita, las herramientas básicas para la creación del blog (Blogger), además de otras utilidades que facilitarán la participación (correo electrónico, espacio de almacenamiento,...). Podrá encontrar más información en la web de Programas Europeos de Educarex https://www.educarex.es/europa/diaeuropa.html o de las Apps Educativas http://gsuite.educarex.es 4. Todos los centros que se inscriban y presenten sus trabajos o desarrollen el blog creado, según Modalidad y requisitos establecidos en la presente Convocatoria, recibirán un Diploma por su participación en el Concurso.

5. Una vez remitida la solicitud, el concurso seguirá los siguientes pasos:

5.1) MODALIDAD A:

Los participantes de la modalidad A podrán presentar sus trabajos hasta el día 9 de abril de 2019, remitiéndolos a la sede de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, sita en Avda. Valhondo, s/n, Módulo 5, 06800 MÉRIDA. Dicha presentación deberá realizarse en los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 Vínculo a legislación del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.2) MODALIDAD B:

Los participantes en esta modalidad deberán trabajar el blog creado desde la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, hasta el día 9 de abril de 2019, a las 15 horas.

Cualquier actividad, relacionada con el Día de Europa, realizada con anterioridad por el alumnado participante o por la participación del centro educativo en cualquier otra actividad o programa internacional o que sea llevada a cabo en el blog con fecha posterior al plazo establecido, no será tenida en cuenta para su valoración.

El blog y la totalidad de los materiales presentados en el mismo deberán ser originales e inéditos, y no podrán estar sujetos a contratos, cesiones de terceros, licencias de derechos de autor o de propiedad intelectual ni a ningún otro derecho de propiedad ajena a los integrantes del grupo participante y su coordinador. Igualmente, los participantes garantizarán que el blog, los textos y materiales incluidos en él están libres de cualquier gravamen o carga y que no infringen derechos de terceros, así como que no han recibido subvenciones, ayudas económicas o premios, dotados o no de cuantía económica, en convocatoria alguna de cualquier administración pública.

6. Los centros educativos deberán disponer de la autorización correspondiente de los progenitores o tutores legales de los/as alumnos/as menores para hacer públicas imágenes de los/as mismos/as en el blog.

7. Las imágenes que se utilicen no pueden ser actos publicitarios ni servir como medio para publicitar productos y/o servicios propios del participante o de terceros, deben ser respetuosas con la imagen de cualquier persona física o jurídica, incluidas personas anónimas, famosos, entidades, instituciones, organismos y/o empresas, incluidas sus marcas y signos distintivos.

8. Serán excluidos del concurso todos los blogs que contengan imágenes que lesionen derechos de terceros, o cuyo contenido sea abusivo, obsceno, vulgar, violento, racista, sexista, amenazante, contravenga las buenas costumbres, vulnere algún derecho fundamental de la persona, infrinja derechos de terceros o cualquier disposición legal en vigor.

9. Los participantes autorizan a la Consejería de Educación y Empleo el libre uso de los materiales presentados, de imágenes o de reproducciones, en actividades o actos de comunicación que tengan que ver con sus objetivos, en general, y con los programas europeos, en particular.

10. La presentación de las solicitudes de participación a estos premios supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en la presente orden.

11. Para cualquier duda, los participantes podrán contactar con la Secretaría General de Educación, a través de su Negociado de Programas Europeos en los teléfonos 924 00 67 93 (RPV 66793) o 924 00 67 72 (RPV 66772), así como a través del correo electrónico: [email protected]

Artículo 6. Dotación de los Premios.

1. El alumnado y profesorado premiado recibirá un diploma.

2. El abono de los premios se hará efectivo a los proveedores de los servicios que sea necesario contratar.

3. La dotación de los premios, que estará en función de la modalidad y etapa educativa por la que se participe, será la siguiente:

- MODALIDAD A:

• EDUCACIÓN INFANTIL Y 1.º Y 2.º CURSOS DE PRIMARIA: 1 premio.

Un día de ocio y diversión en el centro para la clase participante mejor clasificada, que consistirá en el desarrollo de actividades de ocio y juegos educativos llevados a cabo por profesionales de dicho sector.

• EDUCACIÓN ESPECIAL: 1 premio.

Un día de ocio y diversión en el centro para la clase participante mejor clasificada, que consistirá en el desarrollo de actividades de ocio y juegos educativos llevados a cabo por profesionales de dicho sector.

- MODALIDAD B:

• EDUCACIÓN PRIMARIA: 2 premios.

Un día de ocio y diversión para la clase de los dos grupos mejor clasificados (alumnado y coordinadores, a los que podrá añadirse el profesorado del centro/s que sea necesario para la atención de los grupos), consistente en pasar un día en un parque temático o instalación de características similares adecuado a la edad de los grupos y con financiación del desplazamiento, la manutención y las entradas correspondientes.

• EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA:

1 premio.

Un viaje a una ciudad del territorio de la Unión Europea, para el alumnado y coordinador/a del grupo mejor clasificado (a los que podrá añadirse el profesorado del centro que sea necesario para la atención del grupo), incluyendo los gastos originados por el desplazamiento y alojamiento, y podrán incluirse los derivados de la manutención, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

• EDUCACIÓN SECUNDARIA POST-OBLIGATORIA: 1 premio.

Un viaje a una ciudad del territorio de la Unión Europea, para el alumnado y coordinador/a del grupo mejor clasificado (a los que podrá añadirse el profesorado del centro que sea necesario para la atención del grupo), incluyendo los gastos originados por el desplazamiento y alojamiento, y podrán incluirse los derivados de la manutención, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

4. Todos los premios se disfrutarán antes del 31 de agosto de 2019.

5. El Jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios cuando los trabajos presentados a la Categoría correspondiente no alcancen el porcentaje mínimo del 40 % de la puntuación máxima establecida en el artículo 7.

Artículo 7. Criterios de valoración.

1. Para la Modalidad A, el Jurado valorará los trabajos presentados teniendo en cuenta los siguientes criterios, pudiéndose alcanzar una puntuación máxima de 20 puntos:

a) Autonomía del alumnado en la realización del trabajo.................. Hasta 5 puntos.

b) La originalidad y creatividad en la elaboración............................. Hasta 5 puntos.

c) Valores europeos trabajados en la actividad, de conformidad con el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (respeto a la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho, respeto de los derechos humanos,...).......... Hasta 10 puntos.

2. Para la Modalidad B, el Jurado valorará los trabajos presentados teniendo en cuenta los siguientes criterios, pudiéndose alcanzar una puntuación máxima de 20 puntos:

a) Calidad del blog y de sus contenidos.

1. Autoría: Identificación de los autores que participan en el blog.

2. Participación de los diferentes autores en la creación de entradas.

3. Fechas: Identificación de las fechas de publicación de las entradas.

4. Frecuencia de actualización del blog a lo largo de todo el período de participación.

5. Identificación de las fechas de publicación de otros recursos incluidos en el blog (vídeos, presentaciones).

6. Correcto etiquetado de las entradas, de modo que queden identificados los valores europeos que se abordan en ellas.

7. Diversidad de herramientas usadas en el blog.

8. Diversidad y variedad de los materiales incluidos.

9. Calidad de las actividades educativas referenciadas en el blog.

10. Difusión de los contenidos del blog mediante redes sociales.

Hasta 5 puntos.

b) Valores europeos trabajados en la actividad, de conformidad con el artículo 2.ª del Tratado de la Unión Europea (respeto a la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho, respeto de los derechos humanos...)............ Hasta 10 puntos.

c) Participación e implicación del alumnado en las actividades realizadas........ Hasta 5 puntos.

Artículo 8. Jurado de selección.

1. El Jurado estará integrado por los siguientes miembros:

- Presidente/a:

El/la titular de la Secretaría General de Educación, o persona en quien delegue.

- Vocales:

Dos funcionarios/as del Servicio de Coordinación Educativa.

Tres Asesores/as Técnicos/as Docentes de la Secretaría General de Educación.

- Secretario/a:

Un/a funcionario/a del Servicio de Coordinación Educativa, con voz pero sin voto.

2. El Jurado de Selección ajustará su funcionamiento al régimen establecido para los órganos colegiados en el título V, capítulo II, sección 2.ª de la Ley 1/2002, de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a lo establecido en los artículos 15 Vínculo a legislación al 18 Vínculo a legislación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros del Jurado estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 Vínculo a legislación y 24 Vínculo a legislación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. El jurado hará públicos los resultados del concurso en la página web de Programas Europeos de la Consejería de Educación y Empleo, accesible desde la web https://www.educarex.es/europa/diaeuropa.html Artículo 9. Concesión y entrega de premios.

1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios será el titular de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta de la Secretaría General de Educación, de conformidad con la selección efectuada por el Jurado de Selección.

2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses. El mismo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

3. La resolución de concesión de los premios será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y los mismos se entregarán en un acto público en relación con la celebración del Día de Europa.

Disposición final primera. Autorización.

Se faculta al titular de la Secretaría General de Educación para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente orden.

Disposición final segunda. Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 Vínculo a legislación y 124 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 102 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Podrán también interponer directamente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que la parte interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

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