BRUSELAS, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -
En su sentencia, el tribunal europeo considera que la congelación de los fondos de Hamás y su "retención" en la lista de organizaciones terroristas "no parece" ser una medida desproporcionada ni afecta a sus derechos fundamentales, y por tanto rechaza el recurso del grupo palestino.
El tribunal general insiste en que la congelación de fondos y activos financieros de personas y entidades "implicadas en la financiación del terrorismo persigue un objetivo de interés público, dado que forma parte de la lucha contra las amenazas a la paz y la seguridad internacional que plantean los actos de terrorismo".
El Tribunal General de la Unión acota además que Hamás no ha presentado ninguna prueba para probar que sea un órgano "separado" de su brazo armado, como alega el grupo palestino, asegurando que son independientes y no se pueden confundir ni asociar.
"Hamás no ha buscado demostrar al Consejo que no estaba de ninguna manera implicado en los actos que motivaron la adopción de dichas medidas, disociándose inequívocamente de las Brigadas Ezzeldín al Qassam, que según el solicitante era el único responsable de ellos", subraya en su sentencia.