REAL DECRETO 39/2019, DE 1 DE FEBRERO, POR EL QUE SE CREA COMO CENTRO DE REFERENCIA NACIONAL EL CENTRO DE INNOVACIÓN PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE ARAGÓN, EN EL ÁREA PROFESIONAL LOGÍSTICA COMERCIAL Y GESTIÓN DEL TRANSPORTE DE LA FAMILIA PROFESIONAL COMERCIO Y MARKETING, EN EL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio , de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 11.1, habilita al Gobierno para establecer los requisitos básicos que deben reunir los centros que impartirán ofertas de Formación Profesional conducentes a la obtención de títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad. Y, en su artículo 11.7, establece que la programación y ejecución de las actuaciones de la red de Centros de Referencia Nacional se llevará a cabo mediante Convenios entre la Administración del Estado y las comunidades autónomas, ateniéndose, en todo caso, al ámbito de sus respectivas competencias.
El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero , por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la Formación Profesional, en el artículo 5, en su apartado 4, establece que la creación de los Centros de Referencia Nacional o la calificación de los ya existentes, en el ámbito del Sistema Nacional de las Cualificaciones y la Formación Profesional, se realizará por real decreto, a propuesta de los Ministros de Empleo y Seguridad Social y de Educación, Cultura y Deporte (actualmente de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de Educación y Formación Profesional), en el que se publicará como anexo el Convenio con la comunidad autónoma en la que vayan a estar o estén ubicados previo informe del Consejo General de la Formación Profesional.
Con fecha 18 de mayo de 2016, la Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional emitió informe para la creación del Centro de Innovación para la Formación Profesional de Aragón como Centro de Referencia Nacional.
Con fecha 4 de junio de 2018 se ha suscrito el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se crea como Centro de Referencia Nacional al Centro de Innovación para la Formación Profesional de Aragón, en el área profesional Logística Comercial y Gestión del Transporte de la familia profesional Comercio y Marketing, en el ámbito de la Formación Profesional.
Este real decreto se aprueba al amparo de lo establecido en el artículo 5.4 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la Formación Profesional.
Dando cumplimento a los principios de buena regulación, contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación del presente Real Decreto para la creación como Centro de Referencia Nacional el Centro de Innovación para la Formación Profesional de Aragón, en el área profesional Logística Comercial y Gestión del Transporte de la familia profesional Comercio y Marketing, en el ámbito de la Formación Profesional se justifica en los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
El Consejo General de la Formación Profesional ha emitido informe para la creación de este centro Referencia Nacional.
En su virtud, a propuesta conjunta de la Ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de la Ministra de Educación y Formación Profesional, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de febrero de 2019,
DISPONGO:
Artículo 1. Creación del Centro de Referencia Nacional.
Se crea como Centro de Referencia Nacional el Centro de Innovación para la Formación Profesional de Aragón, en el área profesional Logística Comercial y Gestión del Transporte de la familia profesional Comercio y Marketing, en el ámbito de la Formación Profesional, de acuerdo con lo establecido en el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Aragón para la creación del Centro de Referencia Nacional, suscrito con fecha 4 de junio de 2018, que figura en el anexo.
Artículo 2. Régimen jurídico del Centro de Referencia Nacional.
El régimen jurídico del Centro de Referencia Nacional al que se refiere al artículo 1 será el establecido en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, y en el Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero , por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la Formación Profesional, así como en el Convenio mencionado.
Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
La creación como Centro de Referencia Nacional del Centro de Innovación para la Formación Profesional de Aragón, no implicará incremento de los medios personales, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.7.ª y 30.ª de la Constitución.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Anexos
Omitidos.