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El Supremo revisará la legalidad del Pleno que rectificó el giro de la jurisprudencia sobre el impuesto de hipotecas

11/01/2019
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El Tribunal Supremo ha admitido el recurso por el que el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid (Madrid)solicita que se anule, por haberse vulnerado las garantías legales, el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que falló el pasado mes de noviembre que fueran los clientes quienes asumieran el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados --impuesto sobre hipotecas-, revertiendo el sentido de las sentencias que apenas tres semanas antes una de sus secciones había dictado en sentido contrario.

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha admitido el recurso por el que el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid (Madrid) solicita que se anule, por haberse vulnerado las garantías legales, el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que falló el pasado mes de noviembre que fueran los clientes quienes asumieran el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados --impuesto sobre hipotecas-, revertiendo el sentido de las sentencias que apenas tres semanas antes una de sus secciones había dictado en sentido contrario.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han confirmado que, tal y como adelanta El Confidencial, la petición de la empresa de la vivienda de Rivas -cuyos recursos propiciaron tanto el giro jurisprudencial como la posterior rectificación- ha sido inicialmente aceptada. El asunto obligará a reunir nuevamente a todos los magistrados de la Sala en Pleno para revisar el asunto.

Las mismas fuentes confirman que la petición de nulidad por la empresa municipal es algo obligado si esta parte pretende llevar lo ocurrido ante el Tribunal Constitucional por considerar que se vulneraron las garantías procesales. El recurso apunta como posible ilegalidad que no se informara a las partes de la convocatoria del Pleno que fijó finalmente la posición final sobre el asunto.

El Pleno cuestionado, totalmente fracturado -15 votos frente a 13- falló el pasado 6 de noviembre tras 16 horas de deliberaciones que fueran los clientes quienes hicieran frente pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados --impuesto sobre hipotecas-. Días después, el Gobierno reguló vía Real Decreto en sentido contrario.

POLÉMICA AVOCACIÓN A PLENO

La celebración del Pleno del pasado noviembre fue polémica desde su origen, puesto que las tres sentencias dictadas inicialmente por los magistrados de la Sección Segunda de esta Sala de lo Contencioso, que es la especialista en tributos, eran firmes.

Por ello algunos magistrados del propio Supremo y también desde diversos ámbitos judiciales cuestionaron la decisión del presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo, de avocar a un cónclave de 28 magistrados otros tres recursos idénticos sobre estos asuntos interpuestos por el mismo recurrente.

El alboroto mediático y social que causó la decisión de Díez-Picazo obligó incluso al presidente del Supremo, Carlos Lesmes, a comparecer ante los medios de comunicación para pedir perdón por la gestión del asunto dada la importancia y repercusiones sociales y económicas de la decisión. También negó que hubiera recibido llamadas de entidades bancarias para forzar dicha revisión.

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