Diario del Derecho. Edición de 23/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/11/2018
 
 

Audiencia Provincial de Sevilla

La Audiencia Provincial de Sevilla impone 342 días de cárcel a Daniel Ponce por impago de la multa de 600.000 euros por cohecho en Mercasevilla

19/11/2018
Compartir: 

La Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto 342 de prisión al exdirectivo de Mercasevilla Daniel Ponce como responsabilidad personal subsidiaria derivada del impago de la totalidad de la multa de 600.000 euros impuesta a éste al ser condenado por un delito de cohecho en 2012 tras ser juzgado por solicitar una 'mordida' de 450.000 euros a los empresarios del Grupo La Raza como condición para gestionar la escuela de hostelería de la lonja, que había sido subvencionada con 900.000 euros por la Consejería de Empleo.

SEVILLA, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

En concreto, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el 24 de octubre del mismo año, el magistrado presidente, Ángel Márquez, condenó a Ponce, al exdelegado provincial de Empleo Antonio Rivas y al exdirector de Mercasevilla Fernando Mellet al pago de una multa de 600.000 euros, que en caso de impago sería sustituida por un año de cárcel, y 21 meses de inhabilitación para empleo o cargo público.

En un auto de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, de 15 de noviembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Ángel Márquez señala que de la multa impuesta ha sido abonada por parte de Daniel Ponce la cantidad de 28.385,32 euros.

Al mismo tiempo, recuerda que por decreto, también de 15 de noviembre, Ponce ha sido declarado insolvente, al no constar que tenga bienes susceptibles de embargo para asegurar las responsabilidades que puedan imponérsele.

En este sentido, explica que el artículo 53 del Código Penal dispone que si el condenado no satisfaciere voluntariamente, ni por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a responsabilidad personal subsidiaria.

Por lo expuesto, el magistrado considera que procede dar cumplimiento a la responsabilidad personal subsidiaria de 342 días de prisión por impago de 571.614,68 euros, cantidad pendiente de satisfacer de la multa impuesta.

Así, fija en 342 días la responsabilidad personal subsidiaria derivada del impago de la totalidad de la multa impuesta a Daniel Ponce, quedando pendiente de satisfacer la cantidad de 571.614,68 euros.

En este sentido, el auto precisa que, siendo la prisión derivada del impago de la totalidad de la multa impuesta no superior a dos años y en orden a la suspensión de la ejecución de la pena, se recaba hoja histórico penal actualizada del condenado y se dará traslado a la Fiscalía, acusaciones particulares y defensa para que hagan las alegaciones que tengan por conveniente. La entrada en prisión de Daniel Ponce, por tanto, queda a expensas de que cuente con antecedentes penales o no.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana