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  • EDICIÓN DE 08/11/2018
 
 

Audiencia Provincial de Alicante

Condenados a trabajos comunitarios ocho menores por acosar durante años a una compañera de instituto

08/11/2018
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha impuesto cien horas de trabajos en beneficio de la comunidad a ocho menores que acosaron durante años a una compañera de instituto.

ALICANTE, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

De esta forma, la sala confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Menores número 1 de Alicante, que les condena por delitos contra la integridad moral. Además, a dos de ellos, que agredieron a la víctima y a su pareja, les considera autores de dos delitos leves de lesiones.

Seis de los menores deberán realizar tareas socioeducativas durante nueve meses y dos de ellos durante un año. Ninguno de los ocho condenados podrá acercarse ni comunicarse con la víctima, informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Los padres de los ocho menores deberán hacer frente a una indemnización de 3.000 euros por los daños morales causados a la niña, que dejó de asistir al instituto, se negaba a salir a la calle y sufrió, según la sentencia, un "importante sufrimiento". Los dos condenados por lesiones indemnizarán a la menor con 300 euros y a su pareja, que también resultó herido, con 750 euros.

Como relata la resolución, los insultos comenzaron en el curso escolar 2012-2013 cuando uno de los condenados, junto a otros compañeros de instituto, empezó a llamar a la víctima "gorila", "marimacho", "gilipollas", "gigante" o "guarra", prácticamente a diario y hasta principios de 2016, lo que provocó que otros menores se unieran a las ofensas, tanto dentro como fuera del centro educativo. La niña recibió llamadas telefónicas anónimas de madrugada, insultos en la calle, en el parque o en su urbanización.

En enero de 2016 dos de los menores condenados coincidieron con la joven a la salida de un centro comercial y, tras insultarla, le dieron un bofetón y le pusieron la zancadilla, lo que provocó que cayera de rodillas. El novio de la víctima resultó también lesionado en el brazo izquierdo.

En cuanto a los recursos presentados, la Audiencia indica que de manera "inobjetable" se deriva que el chico que recurrió debe ser considerado autor de los hechos; y expone que uno de los condenados sitúa en casa de la víctima insultándola y "tirando piedras". Sobre el otro recurso, se subraya que aunque corresponde a una persona que no acudía al mismo centro educativo que la chica, participaba en el acoso junto a otro de los condenados en lugares de ocio a los que acudían.

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