Diario del Derecho. Edición de 18/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/11/2018
 
 

Audiencia Provincial de Cantabria

Cinco años de internamiento por provocar la explosión de una bombona de gas

08/11/2018
Compartir: 

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cinco años de internamiento en un centro para alterados psíquicos a una mujer que colocó una bombona de gas en el centro de su habitación, abrió el regulador, encendió un mechero, prendió una manta de la cama y se marchó, provocando una importante explosión sin que ninguna persona resultara lesionada.

SANTANDER, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

Así se ha decidido en el juicio, celebrado este miércoles, y en el que las partes han llegado a este acuerdo conforme al cual se dictará sentencia.

Antes de la vista, el fiscal solicitaba una pena de ocho años de cárcel para la procesada, y otros tantos de internamiento, así como una indemnización a la compañía aseguradora de la vivienda de 7.547 euros, el coste de la reparación de los daños ocasionados por la explosión.

Los hechos ocurrieron el 28 de diciembre de 2015 sobre las 16.40 horas cuando la mujer, de 27 años, se encontraba sola en su domicilio en Puente San Miguel, en Reocín, en un domicilio que consta de 18 viviendas.

A sabiendas de que otros vecinos estaban en sus casas, colocó la bombona de gas en el centro de su cuarto, abrió el regulador, encendió un mechero, prendió una manta de la cama y se marchó, provocando una explosión, sin que ninguna persona resultara lesionada.

En ese momento, la acusada padecía esquizofrenia paranoide crónica, presentaba un deterioro de la capacidad de juicio y un déficit de control de los impulsos que afectaban de manera importante sus capacidades intelectivas y volitivas, pero sin anularlas, según la Fiscalía.

Por eso, calificó los hechos como un delito de incendio con peligro para la vida e integridad física de las personas y considera que concurría la circunstancia eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica.

La representación legal de la mujer coincidía con el relato de hechos del ministerio público, salvo en la alusión a que realizó los actos a sabiendas de que se encontraban vecinos en el interior del edificio.

En su defensa, señalaba que la mujer no tenía intención de provocar riesgo en la vida de otras personas "dado que su enfermedad psiquiátrica la coloca en un total desconocimiento de la antijuridicidad e imposibilidad de valoración del injusto, porque realmente existe una alteración de la capacidad de conocimiento".

Por eso, solicitaba la absolución de su defendida, aunque ha aceptado la pena de cinco años de internamiento.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Bruselas pone en duda ante el TJUE que la amnistía sea de interés general por ser parte de un "acuerdo político"
  2. Actualidad: Bolaños confía aprobar la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "a la vuelta de verano"
  3. Estudios y Comentarios: En el laberinto de la corrupción; por Ana Carmona, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla
  4. Tribunal Supremo: Cabe reconocer a un investigado el derecho a ser indemnización por los perjuicios sufridos a consecuencia de haber sido sometido a privación de libertad de naturaleza cautelar en una causa penal en que se dicta auto de sobreseimiento provisional
  5. Actualidad: El TS reconoce el derecho de la CIG a que la Xunta le justifique las prórrogas de comisiones de servicio a los funcionarios
  6. Tribunal Supremo: El TS condena a un hombre que estuvo cobrando durante quince años las prestaciones de sus padres fallecidos aprovechando un error de la Seguridad Social
  7. Actualidad: El Supremo ratifica que la indemnización por despido improcedente no puede incrementarse en "vía judicial"
  8. Actualidad: Ferrer y Teso retiran sus candidaturas y despejan el camino a Arrieta y Lucas para quedarse en presidencias clave del TS
  9. Actualidad: El Parlamento Europeo mantiene abierta la petición de la Abogacía sobre la situación de los mutualistas
  10. Tribunal Supremo: La Administración tributaria no puede investigar una deuda prescrita aprovechando que no ha transcurrido el plazo de prescripción del delito contra la Hacienda Pública

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana