ACUERDO DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2018, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA ANDALUCÍA 2018-2022.
El artículo 10.3.7.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas. Así mismo, en su apartado 4, dispone que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma adoptarán las medidas adecuadas para alcanzar los objetivos señalados. Por último, el artículo 55.2 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia compartida en materia de sanidad interior y, en particular, entre otras, la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos, incluyendo la sanidad alimentaria.
La seguridad e inocuidad de los alimentos que consumimos, se ha manifestado desde los principios de la humanidad como un aspecto de primera importancia y atención continua por todos los pueblos, culturas y civilizaciones, lo que nos ha permitido llegar hasta la actualidad en que la suma de diferentes ámbitos de conocimiento, experiencias, avances tecnológicos y sistemas integrados de los mismos nos permiten disfrutar, en los países del primer mundo y avalados por la evidencia científica, de una alimentación basada en alimentos inocuos, seguros y nutritivos.
En nuestro entorno social y cultural, los principales problemas actuales asociados a la alimentación ya no se presentan en cuanto a la inocuidad y seguridad de los alimentos que consumimos, sino, que se derivan del uso inadecuado o indebido de los mismos dando lugar a nuevos y muy peligrosos problemas como la obesidad, malnutrición, etc.
En sociedades como la nuestra, la ciudadanía no identifica como un problema para su salud la adquisición de alimentos en cualquier canal de comercialización. A grandes rasgos, esta percepción es correcta, y hoy, a nivel europeo, se afirma continuamente que gozamos de un sistema de seguridad alimentaria magnifico que nos garantiza alimentos seguros y de buena calidad.
Para dar la citada garantía, se dispone de todo un sistema en que conocimiento, investigación, empresas, profesionales de diversas ramas, tecnologías, actuaciones de las administraciones mediante sistemas de control complejos e incluso la participación ciudadana, que permiten que se implementen acciones a todos los niveles y cuyo resultado son alimentos seguros.
Las administraciones responsables de los controles oficiales de los alimentos, por un lado, velan porque el resto de los responsables hagan correctamente su función y, por otro, implementan continuamente planes y programas de inspecciones y controles oficiales que con continuidad monitorizan, vigilan y controlan a través de planes, programas, muestreos, analíticas y otras formas de controles oficiales.
Esta responsabilidad no es en absoluto competencia exclusiva de la administración sanitaria, por el contrario, es obligado que en la misma intervengan todas las administraciones que tengan competencias con el sector de la alimentación a lo largo de la cadena alimentaria.
La intervención administrativa, superando viejos criterios, se ve reforzada y aclarada, muy sustancialmente, desde que en el año 2000, por parte de la Comisión Europea, cuando se publica el llamado Libro Blanco de la Seguridad Alimentaria, que supone un auténtico revulsivo para la garantía de la inocuidad de los alimentos, estableciendo nuevos paradigmas en este ámbito que, por su importancia, hay que destacar como son la adopción del análisis de riesgo, como elemento orientador de las políticas sobre seguridad alimentaria, y de forma complementaria, la definición y delimitación de las responsabilidades de operadores económicos del sector alimentario, de las personas consumidoras y de las propias administraciones responsables de los controles oficiales, lo que supone un salto metodológico y doctrinal de tipo exponencial en el abordaje de la seguridad alimentaria.
Andalucía, en virtud del Real Decreto 1118/1981, de 24 de abril , sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de sanidad, asumió las competencias correspondientes al control sanitario de la producción, almacenamiento, transporte, manipulación y venta de alimentos, bebidas y productos relacionados directa o indirectamente con la alimentación humana y desde entonces las ha ejercido de forma exclusiva y responsable, contando con el apoyo institucional necesario para su ejercicio y avance.
Desde el año 2002 hasta la actualidad se ha creado una buena estructura funcional, un buen cuerpo de conocimiento y procesos de calidad para la aplicación del mismo, todo ello en el marco de continua colaboración y coordinación con el reto de las administraciones competentes en el tema. También hay que destacar la continua labor de colaboración y participación con todas las asociaciones de fabricantes, productores o distribuidores de alimentos de los distintos sectores, así como de las asociaciones de consumidores.
No obstante lo anterior, la continua transformación de los marcos supranacionales competentes en el asunto, los nuevos conocimientos, tecnologías y paradigmas que de forma constante publican todas las Agencias y organismos especializados (Comisión Europea, OMS, FAO, Codex Alimentarius, Organización Internacional de Epizootias -OIE- Agencias de otros países -FDA, AFSSA, ACSA-) hacen que se haya planteado como imprescindible el disponer de un documento estratégico que, considerando todo lo anterior, nos proporcione un marco de referencia para orientar y, en su caso, dirigir las actuaciones en seguridad alimentaria.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 8 de septiembre de 2015, se aprobó la formulación de la Estrategia de Seguridad Alimentaria para Andalucía 2016-2020.
En dicha formulación se establecía como objetivo general de la Estrategia la de definir un Sistema Andaluz para la Seguridad Alimentaria en el que se integren todos los actores con responsabilidades en esta materia y que sea el garante de la orientación estratégica a medio plazo, y establecer prioridades teniendo en cuenta la evolución del entorno operativo, intentando identificar los motores de cambio y analizando las repercusiones futuras en la organización.
Por otra parte, se establecían como objetivos específicos los siguientes:
a) Consolidar un sistema de seguridad alimentaria integral y coordinado.
b) Incluir la mejora continua en el trabajo realizado con el fin de incrementar la seguridad de los alimentos consumidos en Andalucía y así incrementar la protección de la salud de los consumidores andaluces.
c) Fijar un marco estable que permita establecer alianzas con todos los grupos de interés con responsabilidades en Seguridad Alimentaria de toda la cadena alimentaria.
d) Introducir los nuevos conceptos de gobernanza que la formulación de nuevos paradigmas en este ámbito imponen.
e) Facilitar el cumplimiento de las empresas alimentarias, así como el ejercicio de los derechos y deberes de los ciudadanos, en el marco de sus respectivas responsabilidades.
En el procedimiento seguido para la elaboración de la Estrategia se ha dado cumplimiento a los trámites de información pública, así como a las previsiones establecidas en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de formulación de la misma. Además, se ha tenido en cuenta en la definición de todas las actuaciones el principio de igualdad de género, dando cumplimiento así al mandato de transversalidad recogido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de septiembre de 2018, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobación de la Estrategia de Seguridad Alimentaria para Andalucía 2018-2022.
1. Se aprueba la Estrategia de Seguridad Alimentaria para Andalucía 2018-2022, que figura como anexo del presente acuerdo.
2. El texto de la Estrategia estará disponible en la página web de la Consejería competente en materia de salud y en el apartado de planes y programas del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.
Segundo. Disponibilidad de créditos.
El desarrollo de la Estrategia y la programación temporal de sus actuaciones estarán limitadas por las disponibilidades presupuestarias existentes.
Tercero. Desarrollo y ejecución
Se faculta a la Consejera de Salud para dictar cuantos actos y disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Cuarto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.