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Joaquín Tornos: “La Administración debe regular el servicio del agua”

23/07/2018
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El libro ‘El suministro de agua en España, Francia e Italia’ de la Editorial Iustel, coordinado por el catedrático de Derecho Administrativo de la UB Joaquín Tornos, junto con J. Perdigó, J. Némery y F. Fracchia, explica la evolución de este servicio público y plantea cuáles deberían ser los criterios para decidir su forma de gestión.

elperiodico.com 17.07.18

¿Cuáles son los motivos que una administración pública escoja la gestión privada del agua?

Los criterios siempre deben ser objetivos, racionales y casuísticos, es decir, teniendo en cuenta la eficacia, el alcance territorial y los recursos de la propia Administración. La empresa privada tiene experiencia reconocida y unas economías de escala importantes para prestar este servicio. También cuenta con un personal competente y de más fácil gestión que el funcionariado porque su retribución puede basarse en criterios de rentabilidad, por ejemplo.

¿Pero cuáles son las ventajas?

La administración pública puede dedicarse a su función propia. Es decir, las administraciones son las titulares del servicio, las responsables de su correcta función. Ellas pueden regularlo, establecer las condiciones, planificar cómo se debe prestar el servicio y controlar su prestación. En cambio, pueden liberarse del trabajo de hacer la prestación en una empresa privada,

Con la prestación privada también se corre el riesgo de se olvide que lo que se está prestando es un derecho.

Puede pasar que la empresa privada trate únicamente de maximizar su beneficio olvidando que está prestando un servicio público. Por eso es fundamental conseguir una buena colaboración entre ambas; que la Administración no olvide que debe controlar a la empresa para que actúe conforme el contrato; y que el servicio sea óptimo: que se preste con eficacia, con continuidad, a un precio asequible y que se reconozcan los colectivos más vulnerables.

En los últimos años la remunicipalización se ha vuelto una tendencia.

La remunicipalización significa que la administración recupera la prestación de un servicio que se estaba desarrollando de forma indirecta. Pero llamarlo así es confuso porque parece como si el servicio nunca hubiese sido público. El suministro de agua es un servicio público, no hay nada que remunicipalizar. Nosotros utilizamos el término reinternalizar: volver a llevar al interno del municipio la forma de prestación, no la titularidad del servicio, que ya era público. También estudiamos distintos municipios donde se ha llevado a cabo una reinternalización y en todos ha supuesto un incremento muy notable de las tarifas.

¿Cree que esto responde a motivos de mala gestión de la privada o a motivos ideológicos?

Creo que se juntan las dos razones. Hay un componente político por la llegada de partidos de izquierda más radical que se lo toman una seña identitaria. Pero también creo que en algunos casos ha habido una falta de control por parte de la Administración que ha llevado a que las privadas se sintieran dueñas del suministro y se olvidasen de esa idea de servicio público. Algunos consistorios hicieron concesiones muy largas en el tiempo y se desentendieron del problema. Entonces quizás el servicio no se prestase con todas las garantías o no se hiciesen las inversiones necesarias y, al terminar el contrato, el ayuntamiento se encontraba con que la privada dejaba el servicio hecho unos zorros. Igualmente podría no haberse tratado suficientemente bien a los usuarios vulnerables. Esto ha fomentado duras críticas a la gestión indirecta pero por ello hay que recuperar toda la función de control propia de la administración.

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