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Tecnologías y riesgos para el cibercrimen; por Elvira Tejada, fiscal de Sala jefe de Criminalidad Informática

17/05/2018
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El día 17 de mayo de 2018 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Elvira Tejada, en el cual la autora opina que todos hemos de concienciarnos de la necesidad de adoptar las precauciones necesarias al utilizar la Red y de aprender a identificar las conductas que atentan contra nuestros derechos y libertades.

TECNOLOGÍAS Y RIESGOS PARA EL CIBERCRIMEN

Hoy nadie discute que el desarrollo de las tecnologías y su utilización habitual por los ciudadanos está afectando a todas las facetas de nuestra vida y está influyendo en la propia percepción de la privacidad y en la forma en que ejercitamos los derechos fundamentales que nos corresponden como personas.

Y, al respecto, es importante recordar que estos nuevos parámetros que articulan actualmente las relaciones interpersonales o las que establecemos con organismos o instituciones públicas o privadas, no deben hacernos olvidar la necesidad de respetar y mantener online los mismos principios y valores que imperan en el mundo físico. No es posible plantear en el ciberespacio un marco básico de convivencia diferente al que hemos conquistado tras muchos años de historia, de reflexión y esfuerzo común para poder relacionarnos pacíficamente y cohonestar el ejercicio de nuestros derechos y libertades con el pleno respeto a los derechos y libertades de los demás porque, en definitiva, somos nosotros mismos, con nuestros derechos e intereses, los que interactuamos en el ciberespacio.

Es evidente que la evolución tecnológica y la penetración de internet está teniendo consecuencias positivas en la progresión social y económica, en el acercamiento de los pueblos y las culturas y en la mejora de las posibilidades de desarrollo del ser humano y de las distintas comunidades. Pero, al tiempo, está generando algunos efectos perversos.

Usamos internet para casi todas las actividades cotidianas y por ello también encuentran reflejo en la Red todas las patologías de la convivencia entre las personas. Este proceso está determinando la aparición de nuevas conductas o la amplificación de los efectos lesivos de otras, con capacidad, en uno y otro caso, para dañar gravemente los valores y principios que articulan el funcionamiento social y también los derechos y libertades individuales. Así, la enorme potencialidad de las herramientas tecnológicas está siendo utilizada, con frecuencia creciente, para atentar contra la intimidad, el honor o la integridad moral de las personas, para quebrantar nuestro sentimiento de seguridad o para coartar la libertad y la indemnidad sexual de los menores, para perjudicar los intereses económicos de empresas y/o particulares y también para socavar -mediante la difusión del discurso del odio- valores esenciales como el respeto a la dignidad o al principio de igualdad de todos las personas.

Compartir información personal en la red, sin las debidas precauciones, restringe nuestro espacio de privacidad y nos hace vulnerables porque nos expone a la acción irregular de terceros. Esta vulnerabilidad es más acusada en determinados colectivos, como los menores -nativos digitales- que han hecho de las tecnologías su medio normal de relacionarse con el mundo y que, por su edad, carecen de madurez y de formación para valorar los peligros inherentes a la difusión de información propia o al establecimiento de determinados contactos en la Red. O como las víctimas de violencia de género o de cualquier otra forma de acoso, que pueden llegar a sentirse profundamente acorraladas frente a la agresión reiterada que su atacante es capaz de ejercer, con sorprendente facilidad, a través de estos medios.

El legislador español, consciente de esta situación y siguiendo pautas y directrices internacionales, viene adoptando medidas legislativas para reforzar la protección de nuestros derechos y hacer posible una eficaz actuación contra la delincuencia en la red. La respuesta del Estado de derecho frente a ese fenómeno criminal requiere un proceso constante de revisión y evolución normativa para ofrecer soluciones efectivas ante las novedosas formas de agresión. Por ello han sido valoradas positivamente las últimas reformas del C. Penal en las que se definen nuevos delitos para la persecución y sanción penal de diversas conductas surgidas al hilo de los avances técnicos y también las llevadas a efecto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para dotarnos de mecanismos adecuados de investigación tecnológica.

E igualmente es necesaria la formación y especialización de investigadores y operadores jurídicos. Contamos con grupos de expertos en investigación tecnológica en los cuerpos policiales nacionales y autonómicos y también, desde hace seis años, con un área de especialización en criminalidad informática en la Fiscalía española, que se integra actualmente por más de 140 fiscales. A partir de un trabajo de equipo y de una atención específica a los problemas relacionados con la actuación penal frente a los ciberdelitos, este grupo de fiscales empeña su esfuerzo, día a día, en impulsar y coordinar las investigaciones criminales por este tipo de conductas, en el ejercicio de la acción penal contra sus responsables y, sobre todo, en la protección de los derechos de víctimas y perjudicados por la actividad delictiva.

Por el momento, tenemos los mimbres básicos para hacer frente a la delincuencia en la Red, pero hay que seguir avanzando. Es inexcusable mantener vivo el proceso de adaptación legislativa, así como invertir seriamente en formación y especialización de investigadores y operadores jurídicos y en la adecuada provisión de medios personales y materiales. Pero también es imprescindible la implicación de los ciudadanos. Todos hemos de concienciarnos de la necesidad de adoptar las precauciones necesarias al utilizar la Red y de aprender a identificar las conductas que atentan contra nuestros derechos y libertades, las que nos hacen víctimas de acciones irregulares de otros. Y sobre todo es esencial la denuncia de los comportamientos delictivos que detectemos -contra nosotros mismos o contra otras personas- para hacer factible el ejercicio de la acción penal frente a esas concretas conductas y, lo que es más importante, para mejorar la capacidad de respuesta del Estado de derecho ante este preocupante fenómeno criminal.

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