Diario del Derecho. Edición de 18/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/03/2018
 
 

Subvención a organizaciones no gubernamentales

27/03/2018
Compartir: 

Resolución de 20 de marzo de 2018, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de subvención a organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo, reguladas mediante la Orden de 21 de junio de 2016, para la convocatoria del ejercicio 2018 (BOJA de 26 de marzo de 2018). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20 DE MARZO DE 2018, DE LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN A ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE DESARROLLO QUE REALICEN INTERVENCIONES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, REGULADAS MEDIANTE LA ORDEN DE 21 DE JUNIO DE 2016, PARA LA CONVOCATORIA DEL EJERCICIO 2018.

Mediante Resolución de 22 de enero de 2018 (BOJA núm. 19, de 26 de enero), se hizo pública la dotación presupuestaria asignada en el ejercicio 2018 a la financiación de las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

En el punto segundo de dicha resolución se determina que el artículo 25.1 de la citada Orden de 21 de junio señala que el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria anual será de 45 días naturales, iniciándose el mismo el 15 de febrero.

En relación con la convocatoria del ejercicio 2018, la Coordinadora Andaluza de ONGD ha solicitado una ampliación del referido plazo de solicitudes, dada la coincidencia de que este año el final del mismo coincide con días de fiesta autonómica y nacional. Al respecto, dispone el artículo 32 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que “La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero”.

En consecuencia, considerando que no se perjudica a terceros y con el fin de facilitar la presentación de solicitudes en la convocatoria del ejercicio 2018, dado que el último día del plazo es domingo y los días inmediatamente anteriores coinciden con días de fiesta autonómica y nacional, se ha estimado conveniente ampliar el plazo de presentación de las solicitudes hasta el día 5 de abril de 2018 inclusive.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículos 24.3 de la Orden de 21 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, así como en su disposición adicional tercera,

RESUELVO

Primero. Ampliar para la convocatoria del ejercicio 2018 el plazo de presentación de solicitudes de subvención a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, reguladas en la Orden de 21 de junio de 2016, hasta el día 5 de abril de 2018 incluido.

Segundo. La presente resolución será efectiva el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana