MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal exponen en una sentencia que las publicaciones del condenado suponen una "actuación conjunta, dirigida contra la Autoridad del Estado" y que aluden "a la necesidad de ir más allá en un comportamiento violento incluso con la utilización del terrorismo".
La resolución cuenta con el voto particular de la magistrada Manuela Fernández de Prado que defiende que sus comentarios deben encuadrarse dentro de la libertad de expresión y no suponen una manifestación del discurso del odio.
Pablo Hásel ya fue condenado a dos años de cárcel por el Tribunal Supremo también por el delito de enaltecimiento del terrorismo en 2015 al difundir a través de su canal de youtube varios temas en los que deseaba que se cometieran atentados contra representantes del PP y PSOE y elogiaba a miembros de los GRAPO, ETA y otros grupos terroristas.