Diario del Derecho. Edición de 14/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/06/2016
 
 

TS

El Supremo anula un interés de demora del 19% en una hipoteca por abusivo

08/06/2016
Compartir: 

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha anulado la cláusula de una hipoteca suscrita en 2005 que fijaba un interés de demora del 19% por considerar que era "abusiva", según ha informado en un comunicado.

MADRID, 7 Jun. (EUROPA PRESS) -

En la sentencia que resuelve un recurso de casación dimanante de un procedimiento en el que se instaba a la nulidad de dicha cláusula, se recuerda que el crédito hipotecario inicial fue destinado a la adquisición de vivienda habitual. Ahora bien, en 2005 fue ampliado a otra finalidad, propia del tráfico mercantil o del uso personal.

La sentencia de la que es ponente el magistrado Ignacio Sancho Gargallo considera que el hecho de que el préstamo hipotecario inicial, en el que se incluye la cláusula que fijaba un interés de demora, fuera destinado a la adquisición de una vivienda habitual y posterior ampliación para otras finalidades, no impide que se pueda aplicar la normativa sobre protección de consumidores.

"No puede afirmarse que el referido préstamo esté destinado a la actividad empresarial del demandante, ahora recurrente", señala, para después indicar que se trata de una cláusula predispuesta que no ha sido negociada individualmente y ",por tanto, sujeta al control de contenido de abusividad".

Para ello, se basa en la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE,

según la cual, el límite legal previsto en el artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria no puede servir de parámetro para determinar la ausencia del carácter abusivo de una cláusula. El Supremo además declara que procede la aplicación del interés remuneratorio pactado.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Visto para sentencia el juicio contra el fiscal general por la presunta filtración contra el novio de Díaz Ayuso
  2. Actualidad: La Audiencia de Madrid anula la decisión del juez Peinado de pedir a la UCO analizar el rescate de Air Europa
  3. Tribunal Supremo: Las juntas de personal y los delegados de personal tienen derecho a recabar información sobre las prórrogas de las comisiones de servicio concedidas por la Administración, siempre que se garantice la privacidad de los funcionarios
  4. Actualidad: El Abogado General del TJUE descarta una "autoamnistía" y que la ley afecte a intereses financieros de la UE
  5. Estudios y Comentarios: Yo, Pedro, te absuelvo; por Javier Gómez de Liaño, abogado
  6. Tribunal Supremo: El tipo de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores de una sociedad integrada en un grupo empresarial, al que presta servicios en exclusiva, debe ser el de su propia actividad económica
  7. Actualidad: La justicia europea da la razón a España frente a una denuncia de Bruselas por la independencia de Renfe
  8. Tribunal Supremo: Los fiadores responden de la totalidad de la deuda afianzada de una sociedad declarada en concurso, aunque una parte tuviera la consideración de crédito contra la masa
  9. Legislación: Medida de confinamiento de explotaciones para la prevención y control del contagio por influenza aviar
  10. Oposiciones y Concursos: Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/Psicólogas

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana