DECRETO 179/2015, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE SUPRIME EN LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO OFICIAL DE GRADO EN GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
PREÁMBULO
El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 18, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Española y las leyes orgánicas que, conforme al artículo 81.1 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30 de la Constitución Española y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.
El artículo 87 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que en el ámbito de sus competencias respectivas, el Gobierno del Estado, las Comunidades Autónomas y las Universidades adoptaran las medidas necesarias para completar la plena integración del sistema universitario español en el espacio europeo de educación superior. De acuerdo con los artículos 8 y 35 de la misma norma legal, la implantación o supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, por propia iniciativa con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad o bien por iniciativa de la Universidad mediante propuesta de su Consejo de Gobierno, en ambos casos con el informe previo favorable del Consejo Social de la Universidad. De lo anterior será informada la Conferencia General de Política Universitaria.
Además, el artículo 15 del Decreto 90/2009, de 29 de julio, de Enseñanzas Universitarias Oficiales y Centros en el Principado de Asturias, dispone que la supresión de enseñanzas será acordada por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad de Oviedo, a propuesta de su Consejo de Gobierno. En todo caso, se requerirá informe favorable previo del Consejo Social de la Universidad de Oviedo.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, en su sesión de 23 de junio de 2015, acordó la aprobación de la propuesta referente a supresión de las enseñanzas a las que se refiere este decreto. El Consejo Social de la Universidad de Oviedo, en su sesión de 24 de julio de 2015 informó favorablemente la supresión del Título Oficial del Grado en Gestión y Administración Pública (modalidad presencial).
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 29 de octubre de 2015,
DISPONGO
Artículo único.-Supresión en la Universidad de Oviedo de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Gestión y Administración Pública.
Por el presente decreto se suprime la enseñanza oficial para la obtención del título oficial de Graduado o Graduada en Gestión y Administración Pública, adscrito a la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas, en la Facultad de Comercio, Turismo y Ciencias Sociales Jovellanos, y con Registro de Universidades, Centros y Título, RUCT: 2501630.
Disposición adicional única.-Comunicación a la Conferencia General de Política Universitaria.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el presente decreto será comunicado a la Conferencia General de Política Universitaria.
Disposición transitoria única.-Supresión de enseñanzas anteriores.
1. La supresión progresiva, curso a curso, de las enseñanzas conducentes a la obtención de título de Graduado o Graduada en Gestión y Administración Pública que actualmente se imparte en la Facultad de Comercio, Turismo y Ciencias Sociales Jovellanos se inicia en el curso académico 2015/2016.
2. La Universidad de Oviedo adoptará las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos del alumnado que se encuentre cursando estos estudios, en los términos especificados en el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo de 23 de junio de 2015.
Disposición final única.-Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.