Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/10/2015
 
 

Caso ERE

Núñez devuelve a Guerrero 17.730 euros del salario embargados por Alaya

05/10/2015
Compartir: 

La juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los ERE irregulares, ha ordenado la devolución de 17.730,10 euros al exdirector general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, cantidad que forma parte de sus salarios atrasados y que le fueron embargados por Mercedes Alaya después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ordenara su reingreso como funcionario de la Junta.

SEVILLA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

En un providencia fechada el 30 de septiembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada ordena a la secretaria judicial que realice una transferencia a favor de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta por importe de 17.730,10 euros, "como ingreso indebido para su posterior devolución por dicha entidad" al imputado.

El abogado de Guerrero, Fernando de Pablo, pidió la devolución de estos 17.730,10 euros al entender que le fueron "indebidamente" retenidos, ya que la Consejería de Hacienda y Administración Pública a la hora de efectuar las retenciones judiciales no actuó conforme a lo previsto en el artículo 607.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al haberse aplicado el embargo "sobre el conjunto de lo adeudado y no mes a mes".

La defensa de Guerrero solicitó la entrega de dicha cantidad de dinero "dada la situación de precariedad económica en la que se encuentra" el imputado, "con deudas por impago de la hipoteca de la vivienda, de los suministros básicos...", por lo que "se hace imprescindible y, consideramos que justo, que le sean entregadas las cantidades reconocidas, pues responden a una deuda salarial que arrastra desde el año 2012, y han transcurrido casi tres años desde que debió de percibir sus salarios".

En un auto dictado el día 29 de julio, Bolaños acordó "la devolución de las cantidades indebidamente retenidas e ingresadas" por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, "calculando dichas cuantías mediante la aplicación del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al salario mensual, mes por mes, garantizando el salario mínimo interprofesional, y con aplicación de los porcentajes legalmente establecidos".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana