MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
Los nuevos Estatutos, que no supondrán un aumento de dotaciones, retribuciones o gastos de personal, incrementarán la eficacia de esta Comisión presente en buena parte de las iniciativas legislativas llevadas a cabo en los últimos años.
Sobre sus funciones específicas, el Real Decreto menciona la posibilidad de encomendar a la Comisión la preparación no solo de textos prelegislativos sino también de normas reglamentarias como son los Reglamentos de los Registros Civil y Mercantil.
Incide en la codificación como tarea básica para la seguridad jurídica y en la importancia de acercar las normas a los ciudadanos mediante la claridad y simplificación normativa y la mejora del lenguaje jurídico. La norma refuerza la independencia de la Comisión General de Codificación al suprimir la libre separación de sus vocales permanentes y se racionaliza su estructura y funcionamiento al delimitar las funciones del Pleno, cuyo presidente es el Ministro de Justicia.
A la vez, se pretende acercar más la Comisión a los distintos sectores jurídicos nacionales para lo que se promueve el nombramiento de sus vocales permanentes entre diversas profesiones jurídicas y procedencias geográficas, se actualiza su composición en lo referente a los vocales natos, se suprime la presencia de los presidentes del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, así como del fiscal general del Estado en atención a las incompatibilidades y el principio de separación de poderes.