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Calendario laboral para el año 2016

04/09/2015
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Decreto 199/2015, de 1 de septiembre de 2015, por el que se fija el calendario laboral para el año 2016 en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM de 3 de septiembre de 2015). Texto completo.

DECRETO 199/2015, DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR EL QUE SE FIJA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2016 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo Vínculo a legislación, establece en su artículo 37.2 que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen al lunes.

El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, declarado vigente por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre Vínculo a legislación, sobre jornadas especiales de trabajo, regula las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter retribuido y no recuperable.

Por su parte, el Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Trabajo. Entre ellas, la letra B) del Anexo del citado Real Decreto, apartado Cuarto, transfiere la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la sustitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre.

Visto el calendario para el año 2016, previa audiencia a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Región y a la Iglesia Católica, se ha optado por reconocer como festivos el día 31 de mayo, Día de la Región de Castilla-La Mancha, en sustitución del descanso laboral correspondiente al lunes día 2 de mayo, al coincidir en domingo el día 1 de mayo, Fiesta del Trabajo y el día 26 de mayo, celebración de las Fiestas del Corpus Christi, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 19 de marzo, San José, todo ello de conformidad con la normativa anterior.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Empresas y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de septiembre de 2015.

Dispongo Artículo Único Las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2016, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes:

1 de enero, Año Nuevo 6 de enero, Epifanía del Señor 24 de marzo, Jueves Santo 25 de marzo, Viernes Santo 26 de mayo, celebración de las Fiestas del Corpus Christi, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 19 de marzo, San José 31 de mayo, Día de la Región de Castilla-La Mancha, en sustitución del descanso laboral correspondiente al lunes día 2 de mayo, al coincidir en domingo el día 1 de mayo, Fiesta del Trabajo 15 de agosto, Asunción de la Virgen 12 de octubre, Fiesta Nacional de España 1 de noviembre, Festividad de todos los Santos 6 de diciembre, Día de la Constitución Española 8 de diciembre, Inmaculada Concepción 26 de diciembre, al coincidir en domingo el día 25 de diciembre, Natividad del Señor Disposición Final El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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