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Subvenciones para proyectos de participación en salud, dirigidos a la prevención de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana

12/08/2015
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Resolución de 6 de agosto de 2015, de la Secretaría General de Salud Pública y Consumo, por la que se convocan subvenciones para proyectos de participación en salud, dirigidos a la prevención de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y a la promoción y educación para la salud a través de actuaciones de ayuda mutua voluntaria y de autocuidado, para el período 2015-2016 (BOJA de 11 de agosto de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 6 DE AGOSTO DE 2015, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y CONSUMO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN EN SALUD, DIRIGIDOS A LA PREVENCIÓN DE LA INFECCIÓN POR EL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA (VIH) Y A LA PROMOCIÓN Y EDUCACIÓN PARA LA SALUD A TRAVÉS DE ACTUACIONES DE AYUDA MUTUA VOLUNTARIA Y DE AUTOCUIDADO, PARA EL PERÍODO 2015-2016.

La Orden de 27 de mayo de 2011, de la Consejería de Salud, establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de participación en salud (BOJA núm. 122, de 23 de junio de 2011).

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 27 de mayo de 2011, en base a la delegación de competencias efectuada en el artículo 5 de la Orden de la Consejería de Salud, de 2 de julio de 2002, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica, contratación administrativa y patrimonio (BOJA núm. 82, de 13 de julio de 2002), y en relación con el Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVO

Primero. Convocar subvenciones para la financiación de proyectos de participación en salud, relativos a la prevención de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), y a la promoción y educación para la salud a través de actuaciones de ayuda mutua voluntaria y de autocuidado, por el procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en la Orden de 27 de mayo de 2011,

Los proyectos presentados para esta convocatoria deberán tener un periodo de ejecución que comprenda ambos ejercicios presupuestarios, y se realizarán en el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de mayo de 2016.

Segundo. Los conceptos subvencionables de la presente convocatoria, al amparo de la Orden de 27 de mayo de 2011, serán los establecidos en el apartado 2.a).1.º y 2.º del Cuadro Resumen de la misma:

1.º La prevención de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH).

2.º La promoción y educación para la salud a través de actuaciones de ayuda mutua voluntaria y de autocuidado.

Tercero. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria, se concederán, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios de la Consejería de Salud correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias, y por una cuantía total máxima de 1.106.000,00 euros:

2015 - 1200010000 - G/41D/48101/00 - 01 507.637,00 euros

2016 - 1200010000 - G/41D/48101/00 - 01 598.363,00 euros

Cuarto. La cuantía total máxima será de 724.120,00 euros para el ámbito provincial y 381.880,00 euros para el autonómico, y se distribuirá de la siguiente forma:

1.º Para los proyectos relativos a la prevención de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), se destinarán 579.000,00 euros, correspondiendo 429.000,00 para el ámbito provincial (196.904,33 euros 2015 y 232.095,67 euros 2016) y 150.000,00 euros para el autonómico (68.847,67 euros 2015 y 81.152,33 euros 2016).

2.º Para los proyectos relativos a la promoción y educación para la salud a través de actuaciones de ayuda mutua voluntaria y de autocuidado, se destinarán 527.000,00 euros, correspondiendo 295.120,00 euros para el ámbito provincial (135.455,60 euros 2015 y 159.664,40 euros 2016) y 231.880,00 euros para el autonómico (106.429,40 euros 2015 y 125.450,60 euros 2016).

Quinto. Las solicitudes de las subvenciones para proyectos de participación en salud, se presentarán conforme al formulario que figura como Anexo I de la presente Resolución.

Tanto esta solicitud como el Formulario-Anexo II se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la página web de la propia Consejería en la dirección: http://www.juntadeandalucia.es/salud/subvenciones, y en las sedes de la Consejería de Salud y Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Sexto. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente a la fecha de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 15 de septiembre de 2015, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Orden de 27 de mayo de 2011.

Séptimo. Los requisitos que han de acreditar las entidades interesadas, la presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, su abono y la justificación de gasto y destino se regirán por lo previsto en la Orden de 27 de mayo de 2011.

Octavo. Tramitación de urgencia. En atención a los sectores a los que se dirigen las ayudas objeto de la presente convocatoria, y el momento del ejercicio presupuestario en el que nos encontramos, existen razones de interés público que aconsejan acordar la aplicación al presente procedimiento de subvenciones la tramitación de urgencia.

Así pues, de conformidad con lo previsto en el artículo 50 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se reducirán para la presente convocatoria a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 27 de mayo de 2011, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Noveno. La presente Resolución tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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