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  • EDICIÓN DE 08/07/2015
 
 

Ley de Sector Ferroviario

El Congreso aprueba la nueva ley de Sector Ferroviario

08/07/2015
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La Comisión de Fomento ha aprobado este martes con el único voto del PP la nueva ley del Sector Ferroviario, que modifica el sistema de planificación de las infraestructuras, busca potenciar el sistema modal, introduce un nuevo mecanismo de cánones para los nuevos operadores privados, liberaliza ciertos servicios de mercancías y recoge un nuevo régimen infractor y sancionador así como medidas en materia de seguridad.

MADRID, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -

Tras introducir una veintena de enmiendas planteadas por el PP y sólo una propuesta de CiU, de carácter técnico, la comisión parlamentaria ha dado luz verde al proyecto de ley gracias a los 23 votos 'populares' frente a la abstención de UPyD y el rechazo del resto de la oposición. Ahora, el texto será tramitado por el Senado.

Entre los principales cambios que se han introducido en el texto destaca una precisión en la regulación de la clausura de líneas o tramos de la infraestructura ferroviaria para obligar al administrador ferroviario a consultar con las empresas privadas antes de pedir a Fomento el cierre de la línea.

OBLIGACIONES DE SERVICIO PÚBLICO

Por otra parte, mientras en el proyecto de ley original se estipulaba que las obligaciones de servicio público "impuestas" a instancias de comunidades o ayuntamientos convertían automáticamente a estas administraciones en "responsables de su financiación", finalmente se prevé que la declaración de OSP a instancias de gobiernos autonómicos o locales "estará condicionada a que éstas asuman su financiación".

Asimismo, se precisa que las transmisiones de infraestructuras ferroviarias entre administraciones estarán exentas del pago de cualquier impuesto estatal, autonómico o local, sea de carácter indirecto o directo.

Se ha incorporado, asimismo, un adelanto de un año en la entrada en vigor de los cánones por uso de vías de apartado, de formación de trenes y maniobras, de mantenimiento, de lavado y limpieza, y de suministro de combustible (modalidad D), que se aplicarán finalmente a partir del 1 de enero de 2017.

Además, aunque se mantiene la bonificación del 60% inicial, se avanza también hasta el 1 de enero de 2018 el fin de la aplicación de dichos descuentos, manteniéndose así el plazo de transición de un año previsto en la normativa original.

No obstante, se amplía la bonificación del 100% del canon por utilización de instalaciones de servicio a los trayectos de cercanías en núcleos de densidad igual o superior a las 80 circulaciones por día, en los mismos términos que estaba ya prevista para el resto de trayectos de cercanías.

También en relación con las tarifas que los nuevos operadores privados que quieran competir con Renfe tendrán que pagar, los 'populares' sacan del cálculo de la cuota íntegra del canon los costes de reposición correspondientes a plataformas, túneles, puentes, vías, edificios técnicos y medios utilizados para el mantenimiento y conservación que, sin embargo, sí se computarán en el cálculo de la cuota líquida del canon.

OTRAS PROPUESTAS

Con respecto a la obligación de que los administradores generales de infraestructuras consigan, en un plazo máximo de cinco años, una situación de equilibrio en sus cuentas, se establece que los ingresos procedentes de la prestación de los servicios básicos mínimos no se tengan en cuenta en el cálculo.

Así, el equilibrio deberá conseguirse entre los gastos de la infraestructura, por una parte, y los ingresos obtenidos vía cánones por uso, tarifas por prestación de servicios complementarios y auxiliares, excedentes de otras actividades comerciales, financiación estatal (incluidos anticipos abonados por el Estado) y otros ingresos de origen privado no reembolsables, por la otra parte.

Finalmente, se han introducido algunas modificaciones técnicas y matizaciones en relación con los límites en los que se pueden realizar obras en torno a infraestructuras ferroviarias, para precisar, por ejemplo, que en los túneles y en las líneas soterradas o cubiertas con losas no se aplicarán las mismas distancias.

Además, se reduce de 50 a 20 metros la distancia mínima a respetar respecto de la arista interior de la plataforma ferroviaria cuando se trate de líneas que discurran por zonas urbanas.

Por último, se confiere a los administradores de las infraestructuras ferroviarias competencias antes asignadas a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria en materias como la fijación de límites de edificación diferentes a los generales o la instalación de pasos a nivel

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