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El TS confirma condenas por el asedio al Parlament y dice que no criminaliza protesta ciudadana

26/05/2015
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Desestima nulidad planteada por los 11 enjuiciados

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo rechazado este lunes el incidente de nulidad planteado por los once implicados en el asalto al Parlament de Cataluña en junio de 2011, a ocho de los cuales condenó el pasado 17 de marzo por delito contra las instituciones del Estado a 3 años de prision. Recuerda que las penas no criminalizan la protesta ciudadana.

La resolución confirma los argumentos de la sentencia en el sentido de que "paralizar el trabajo ordinario del órgano legislativo (*) supone afectar, no ya al derecho fundamental de participación política de los representantes políticos y, en general, de los ciudadanos catalanes, sino atacar los valores superiores del orden democrático".

Además, el auto del Supremo recuerda que la sentencia dictada en su día por la esta Sala "no criminaliza, en ningún momento, la protesta ciudadana en la vía pública como forma de expresión de los derechos fundamentales de libertad de expresión y de reunión y manifestación".

La resolución, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, insiste en que el ejercicio de la libertad de expresión y del derecho de reunión "no pueden operar como elementos neutralizantes de otros derechos y principios indispensables para la vigencia del sistema constitucional".

El Supremo condenó a e José María Vazquez Moreno, Jose López Cobos, Angela Bergillos , Jordi Raymond, Ciro Morales, Olga Alvarez, Ruben Molina y Carlos Munter, si bien todos ellos han solicitado su indulto y aún está pendiente su ingreso en prisión.

En su día, el Supremo concluyó que la Audiencia Nacional incurrió en un "patente error", a la hora de solucionar ese conflicto surgido por la convergencia de bienes jurídicos constitucionalmente protegibles, puesto que esos dos derechos " colisionaban con el derecho de participación de los ciudadanos a través de sus legítimos representantes en el órgano legislativo-, no puede ser contemplada como una colisión, sino como una realidad necesitada de un juicio ponderativo que defina el alcance de los derechos en conflicto.

Los hechos se remontan al 15 de junio de 2011, cuando una concentración convocada por el 15M ante el Parlament derivó en el asedio a más de una decena de parlamentarios, entre ellos el presidente del Govern, Artur Mas, al que se le impidió el paso cuando viajaba en su vehículo oficial, que fue golpeado y zarandeado, con lo que tuvo que acceder en helicóptero a la Cámara junto a otros diputados.

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