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Elecciones a la Asamblea de Madrid

01/04/2015
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Decreto 8/2015, de 30 de marzo, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se convocan elecciones a la Asamblea de Madrid (BOCAM de 31 de marzo de 2015). Texto completo.

DECRETO 8/2015, DE 30 DE MARZO, DEL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID, POR EL QUE SE CONVOCAN ELECCIONES A LA ASAMBLEA DE MADRID.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y por el artículo 8 Vínculo a legislación de la Ley 11/1986, de 16 de diciembre, Electoral de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Convocatoria

Se convocan elecciones a la Asamblea de Madrid, que se celebrarán el 24 de mayo de 2015.

Artículo 2

Número de Diputados

El número de Diputados a elegir será de 129, en aplicación del artículo 10.2 del Estatuto de Autonomía y de acuerdo con las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal referida a 1 de enero de 2014, según Real Decreto 1007/2014, de 5 de diciembre.

Artículo 3

Duración de la campaña electoral

La campaña electoral, de quince días de duración, comenzará a las cero horas del viernes 8 de mayo y finalizará a las cero horas del sábado 23 de mayo.

Artículo 4

Constitución de la Asamblea

La sesión constitutiva de la Asamblea se celebrará el día 9 de junio de 2015, a las doce horas.

Artículo 5

Régimen jurídico

Las elecciones convocadas por el presente Decreto se regirán por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid; la Ley 11/1986, de 16 de diciembre Vínculo a legislación, Electoral de la Comunidad de Madrid; el Decreto 17/1987, de 9 de abril, por el que se regulan las condiciones materiales y aquellos otros aspectos necesarios para la celebración de elecciones a la Asamblea de Madrid, y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio Vínculo a legislación, de Régimen Electoral General, y sus disposiciones de desarrollo.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Publicación y entrada en vigor

El presente Decreto se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 31 de marzo de 2015, fecha en la que entrará en vigor.

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