DECRETO 1/2015, DE 30 DE MARZO, DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR EL QUE SE CONVOCAN ELECCIONES A LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN.
El artículo 27.1. a) y b) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre , de reforma del mismo, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León disolver y convocar Elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, modificada por la Ley 4/1991, de 18 de marzo, y por la Ley 13/1998, de 23 de diciembre, dispone que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.
Procede aplicar la normativa citada, al haberse agotado de manera ordinaria la legislatura por cumplirse este año el plazo de duración del mandato de los Procuradores/as, y con el fin de que coincidan las elecciones a las Cortes de Castilla y León y las elecciones locales.
En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas por el artículo 27.1. a) y b) del Estatuto de Autonomía y el artículo 16.1 de la Ley Electoral de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo 1. Se disuelven las Cortes de Castilla y León y se convocan Elecciones a las mismas que se celebrarán el domingo 24 de mayo de 2015.
Artículo 2. En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley Electoral de esta Comunidad, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y cuatro Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:
Circunscripción electoral: | Procuradores/as: |
Ávila | Siete |
Burgos | Once |
León | Catorce |
Palencia | Siete |
Salamanca | Once |
Segovia | Siete |
Soria | Cinco |
Valladolid | Quince |
Zamora | Siete |
Artículo 3. La Campaña Electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del viernes 8 de mayo y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 22 de mayo.
Artículo 4. La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 16 de junio de 2015 a las 12,00 horas.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.