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  • EDICIÓN DE 18/03/2015
 
 

Les fueron impuestos diez años de cárcel

El TS absuelve a cuatro guardias civiles que habían sido condenados por torturar a dos detenidos

18/03/2015
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El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a cuatro guardias civiles que habían sido condenados a un total de diez años de cárcel por infligir torturas a dos detenidos de nacionalidad británica mientras éstos se encontraban arrestados en los calabozos del cuartel de Palmanova, en Calvià (Mallorca).

PALMA DE MALLORCA, 17 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha revocado de esta forma la sentencia dictada en junio de 2014 por la Audiencia Provincial de Palma, que ya contó con un voto particular de uno de los magistrados que formaron la Sala, quien manifestaba sus dudas respecto a la culpabilidad de los acusados.

En su sentencia, el tribunal alega que no hay prueba suficiente en la que sustentar la condena, puesto que los testigos que denunciaron haber sido torturados, "principal prueba de cargo", no comparecieron en el juicio. Por ello, considera que "se han conculcado las garantías constitucionales", como alegaban los acusados en el recurso que interpusieron contra la sentencia de la Audiencia, y el resto de la prueba "no puede tener valor probatorio alguno".

"Cualquiera que sea el grado de inferencia que pueda concederse a otros indicios, por lo demás evanescentes, no pueden sustituir un testimonio posible y practicable a presencia de los jueces", arguyen los magistrados del TS.

En concreto, a uno de los agentes le fue impuesta una pena de cuatro años de prisión por dos delitos consumados de torturas graves y 16 años de inhabilitación absoluta, además de una multa por dos faltas de lesiones. Los otros efectivos del Instituto Armado fueron condenados a dos años de cárcel cada uno por un delito consumado de torturas, así como a ocho años de inhabilitación.

Durante el juicio, los cuatro acusados negaron este episodio, que según apuntaba la sentencia revocada tuvo lugar el 21 de noviembre de 2009 después de que en la madrugada de ese día el sargento Miguel Ángel A.L. tuviera un incidente con un ciudadano inglés -una de las dos víctimas-, en el transcurso del cual éste le dio un golpe en la cara y provocó que el agente cayera al suelo y quedase semiaturdido. Un suceso que se saldó con la detención del inglés y un amigo de éste -el otro de los afectados-.

La resolución de la Audiencia aseveraba que los procesados, de común acuerdo y movidos por la intención de reprender y escarmentar a los dos arrestados por la agresión al sargento, durante la tarde de esa jornada accedieron repetidas veces a los calabozos donde habían sido conducidos los detenidos, a quienes propinaron golpes por todo el cuerpo, amedrentándoles y mofándose de ellos y menoscabando gravemente su integridad física y mental.

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