Diario del Derecho. Edición de 17/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 16/03/2015
 
 

Época de peligro medio de incendios forestales

16/03/2015
Compartir: 

Orden de 12 de marzo de 2015 por la que se declara época de peligro medio de incendios forestales en la Zona 1: Sierra de Gata - Las Hurdes y Zona 3: Monfragüe - Ambroz, Jerte y Tiétar, del Plan INFOEX (DOE de 13 de marzo de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 12 DE MARZO DE 2015 POR LA QUE SE DECLARA ÉPOCA DE PELIGRO MEDIO DE INCENDIOS FORESTALES EN LA ZONA 1: SIERRA DE GATA - LAS HURDES Y ZONA 3: MONFRAGÜE - AMBROZ, JERTE Y TIÉTAR, DEL PLAN INFOEX.

El artículo 6.2 Vínculo a legislación de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura, faculta al titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía a determinar anualmente mediante Orden las fechas correspondientes de cada época de peligro de incendios forestales, estableciendo en el ámbito de las actuaciones del Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), las medidas que podrán adoptarse en cada caso.

El Decreto 52/2010, de 5 de marzo Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), establece en el artículo 4, apartado 1.c) la posibilidad de declaración de una Época de Peligro Medio.

Se entenderá por Época de Peligro Medio el aumento considerable del riesgo de incendios forestales en condiciones meteorológicas que aconsejen temporalmente el despliegue de medios del Plan INFOEX.

En el momento actual se da la circunstancia de unas condiciones meteorológicas propias de la época estival con una escasez de lluvias, temperaturas altas y humedad relativa más baja de lo normal. Asimismo, las previsiones meteorológicas marcan un bloqueo anticiclónico que seguirá manteniendo unas condiciones de sequedad con riesgo para el inicio y propagación de los incendios forestales.

Por todo ello, y en virtud de la competencia que en materia de incendios forestales tiene atribuida la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, D I S P O N G O :

Artículo único. Época de Peligro Medio.

Se declara Época de Peligro Medio de Incendios Forestales en las Zonas de Coordinación que se señalan a continuación:

Zona 1: Sierra de Gata - Las Hurdes.

Zona 3: Monfragüe - Ambroz, Jerte y Tiétar.

El ámbito territorial de las Zonas reseñadas es el comprendido por los correspondientes listados de municipios incluidos para cada una de ellas en el Anexo II del Decreto 52/2010, de 5 de marzo Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).

Disposición final única. Vigencia La presente orden producirá efectos desde el día 16 de marzo de 2015.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Félix Bolaños entrega 32 condecoraciones de San Raimundo de Peñafort en Valencia
  2. Actualidad: El Supremo confirma el suicidio de un trabajador como accidente laboral
  3. Actualidad: El TC ampara a un preso al que se le denegó que le visitaran sus hijas sin una motivación judicial suficiente
  4. Tribunal Supremo: La revisión de oficio de las bases de un proceso selectivo ya realizado y de sus actos de aplicación no pueden ser contrarios al principio de seguridad jurídica, debiendo ser la nota de corte la inicialmente establecida
  5. Agenda: III Jornada CEIA de Arbitraje Internacional en Barcelona (2024)
  6. Tribunal Supremo: La prórroga de la suspensión del lanzamiento del ejecutado hipotecario que permanece en situación de precario en una vivienda, no es automática y debe ser solicitada por el interesado
  7. Actualidad: El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes distribuye 1,7 millones en 2024 para atención a víctimas del delito y lucha contra la criminalidad
  8. Legislación: Protección de las personas que se implican en la participación pública frente a pretensiones manifiestamente infundadas o acciones judiciales abusivas
  9. Legislación: Estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo
  10. Tribunal Supremo: El TS establece la naturaleza de la relación laboral de una trabajadora con contrato a tiempo parcial objeto de reiteradas ampliaciones de jornada en virtud de las cuales ha prestado servicios el mismo número de horas que los trabajadores a tiempo completo

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana