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Programa “Desencaja”

02/03/2015
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Resolución de 19 de febrero de 2015, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regulan y se convocan para el año 2015 los premios, campeonatos y certámenes correspondientes al Programa “Desencaja” (BOJA de 27 de febrero de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 19 DE FEBRERO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD, POR LA QUE SE REGULAN Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2015 LOS PREMIOS, CAMPEONATOS Y CERTÁMENES CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA “DESENCAJA”.

La Ley 9/1996, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su Disposición Adicional Primera el Instituto Andaluz de la Juventud, actualmente adscrito a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, según Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre Vínculo a legislación, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 140/2013, de 1 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud.

El Decreto 118/1997, de 22 de abril Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, atribuye en su artículo 3 al citado Instituto, entre otras funciones, las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud.

Uno de los programas del Instituto Andaluz de la Juventud con mayor recorrido y éxito de participación es el anteriormente llamado Arte y Creación Joven, que en 2009 pasó a denominarse Programa “Desencaja”, con la incorporación de nuevos certámenes, hasta un total de 14, y la ampliación de algunos de los ya existentes. Una iniciativa que trata de recoger las tendencias de la joven creación andaluza.

En este punto, es conveniente señalar que en una Comunidad Autónoma como Andalucía, donde las denominadas industrias culturales se han convertido en los últimos años en un sector económico y empresarial en expansión, estas medidas que inicialmente se consideran desde el punto de vista de las políticas de calidad de vida acaban convirtiéndose en verdaderas políticas de emancipación.

En este marco funcional, con la finalidad de poner a disposición de jóvenes creadores los medios para desarrollar y difundir sus creaciones, promocionando actividades y servicios para la juventud de nuestra Comunidad Autónoma, procede la regulación y la convocatoria para el año 2015 de los Premios, Campeonatos y Certámenes correspondientes al Programa “Desencaja”.

De conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, en el artículo 9 Vínculo a legislación del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y demás normas de general aplicación,

HE RESUELTO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto establecer la regulación de los diferentes Premios, Campeonatos y Certámenes integrantes del Programa “Desencaja”, marco de referencia de la creatividad juvenil en Andalucía, que tiene como finalidad última divulgar la obra y los proyectos creativos de la juventud andaluza, así como efectuar la convocatoria de los mismos para el año 2015.

Segundo. Principios y compatibilidad con otros premios.

1. Los premios, campeonatos y certámenes regulados en la presente Resolución se gestionarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.

2. La obtención de cada uno de los premios es compatible con otros de naturaleza análoga concedidos por cualesquiera Administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, con la salvedad del cumplimiento de los requisitos establecidos en las convocatorias de cada uno de los certámenes integrantes del Programa “Desencaja”.

Tercero. Áreas del Programa “Desencaja”.

Dentro del Programa “Desencaja” para el año 2015, se realiza la convocatoria de las siguientes Áreas:

- Artes Escénicas.

- Artes Plásticas.

- Break-Dance.

- Canción de Autor.

- Cómic.

- Cortos.

- Diseñadores Noveles de Andalucía.

- Flamenco.

- Fotografía.

- Graffiti.

- Narrativa.

- Poesía.

- Pop-Rock.

- Tweets.

Cuarto. Participantes.

Podrán participar en las convocatorias de los premios, campeonatos y certámenes correspondientes al programa “Desencaja” los y las jóvenes artistas que cumplan los requisitos establecidos en las convocatorias específicas de cada una de las áreas relacionadas en el apartado anterior.

Quinto. Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes.

1. Las personas interesadas en participar deberán rellenar el boletín de inscripción conforme al modelo que se recoge en el Anexo II de la presente Resolución, cumplimentando el apartado correspondiente al premio, campeonato o certamen en el que desea participar y dirigirlo a la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud.

2. El boletín de inscripción, una vez cumplimentado, deberá presentarse junto con la documentación que se relacione en las correspondientes convocatorias, preferentemente en las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud contempladas en el Anexo III, así como en los lugares y los medios indicados en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien, de manera telemática de conformidad con lo establecido en el Decreto 183/2003, de 24 de junio Vínculo a legislación, por el que se regula la Información y Atención al Ciudadano y la Tramitación de Procedimientos Administrativos por Medios Electrónicos (Internet), a través de la dirección electrónica https://ws133.juntadeandalucia.es/oficinaVirtual.

No obstante lo anterior, en el supuesto de que la documentación a presentar no se adapte a los requisitos técnicos admitidos por la Oficina Virtual, en cuanto a tipo de archivo y tamaño de los mismos, la solicitud y la documentación requerida sólo podrá presentarse de forma presencial.

3. El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación que deba acompañarla, así como los requisitos específicos de participación, se establecen en la convocatoria de los correspondientes premios, campeonatos o certámenes (Anexo I).

4. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera de los plazos establecidos, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a la personas interesadas en los términos previstos en el artículo 59 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sexto. Órgano instructor.

Corresponderá al Instituto Andaluz de la Juventud la instrucción del procedimiento para la concesión de los premios correspondientes a cada una de las áreas del Programa “Desencaja”.

Séptimo. Aceptación de las condiciones de participación.

La participación en los diferentes premios, campeonatos o certámenes supondrá la total aceptación de las presentes condiciones generales de participación, así como de las específicamente establecidas para cada uno de ellos.

Octavo. Subsanación.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Noveno. Recursos.

Contra la presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella, los cuales agotan la vía administrativa, podrá interponerse, ante la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o del siguiente a aquel en que se notifique el acto que derive de la misma, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 115.2 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre; o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución o desde el siguiente a la notificación del acto que se derive de la misma, en los términos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio Vínculo a legislación, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Décimo. Jurado.

1. Para cada uno de los certámenes integrantes del Programa “Desencaja”, se constituirá, según lo que se establezca en la correspondiente convocatoria, uno o varios jurados, cuyos componentes serán nombrados por la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, de entre personas profesionales y especialistas de los diferentes ámbitos artísticos incluidos en el Programa.

2. Dichos jurados seleccionarán las propuestas ganadoras atendiendo a criterios de calidad, originalidad e innovación técnica, así como, en caso de que lo estimen oportuno, otros criterios de carácter estético, ético y cultural.

3. Los jurados podrán declarar desiertos los premios de los distintos certámenes.

4. El fallo del jurado se hará público en la página web del programa Desencaja y será firme.

5. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en las respectivas bases u órdenes de convocatoria serán resueltas por los miembros del jurado, los cuales adoptarán sus decisiones por mayoría simple.

6. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las cantidades que puedan cubrir los gastos en que pudieran incurrir por el desarrollo de sus trabajos, tales como desplazamiento, alojamiento y manutención con los importes actualizados señalados en el artículo 11.2, Vínculo a legislación 18 Vínculo a legislación Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía y sus modificaciones posteriores. Asimismo, podrán recibir cantidades por un máximo de 200 euros en concepto de colaboración por su participación como miembros del Jurado.

Undécimo. Indemnizaciones a finalistas y ganadores.

En los casos en que, según conste en la convocatoria, corresponda a los participantes, finalistas o ganadores la indemnización por gastos de desplazamiento, manutención o alojamiento, igualmente se someterán a lo señalado en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo Vínculo a legislación, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía. En el caso de los desplazamientos, se resarcirán únicamente los gastos por traslados en territorio nacional.

Duodécimo. Premios e incentivos.

1. Los premios de los diferentes premios, campeonatos o certámenes integrantes del Programa “Desencaja” son los siguientes:

a) Artes escénicas:

El grupo ganador del certamen obtendrá los siguientes premios e incentivos:

1.º Actuación en la Feria de Teatro en el Sur a celebrar en Palma del Río (Córdoba).

2.º Gira de actuaciones gestionada por el Instituto Andaluz de la Juventud, por distintos espacios escénicos de Andalucía, hasta un máximo de cuatro, recibiendo 1.000 euros por representación.

b) Artes Plásticas: Los tres proyectos ganadores recibirán 5.000 euros cada uno en concepto de adquisición de la obra. Asimismo, se realizará desde el Instituto Andaluz de la Juventud una exposición y un catálogo sobre dichas obras y el proceso de creación de cada una de ellas, a las que podrán asistir los ganadores. Como consecuencia de su asistencia, podrán recibir las indemnizaciones por dietas y desplazamiento establecidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo Vínculo a legislación.

c) Break Dance:

Se otorgarán premios a cada uno de los dos grupos ganadores y al mejor Bboy y Bgirl:

Primer Premio:

- Viaje a un evento de hip-hop como espectadores del mismo (Transporte, alojamiento y desayuno), valorado en un importe máximo de 6.000 euros.

Segundo Premio:

- Viaje a un evento de hip-hop como espectadores del mismo (Transporte, alojamiento y desayuno), valorado en un importe máximo de 3.000 euros.

- Mención especial al mejor Bboy: Un trofeo acreditativo de ser el mejor bailarín.

- Mención especial a la mejor Bgirl: Un trofeo acreditativo de ser la mejor bailarina.

d) Canción de Autor: La persona ganadora del certamen obtendrá:

1.º Gira gestionada por el Instituto Andaluz de la Juventud compuesta de un máximo de tres actuaciones promocionales por distintos espacios musicales de Andalucía.

2.º Máximo de 800 euros, IVA incluido, por concierto, en concepto de caché.

e) Cómic: Quien resulte ganador recibirá:

1.º 3.000 euros en concepto de derechos de autor.

2.º Publicación de la obra ganadora por una editorial profesional, que será la responsable de la producción y la edición, así como de la difusión y distribución a nivel nacional.

3.º Presentación de la obra en el Salón Internacional del Cómic de Granada, así como en el Encuentro del Cómic y la Ilustración en Sevilla. Como consecuencia de su asistencia, podrán recibir las indemnizaciones por dietas y desplazamiento establecidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo Vínculo a legislación.

4.º Adquisición por el Instituto Andaluz de la Juventud de hasta un máximo de 500 ejemplares de la obra.

f) Cortos:

1.º Premio al mejor corto: 3.000 euros en concepto de derechos de autor.

2.º Premio al mejor director: 1.500 euros en concepto de derechos de autor.

g) Diseñadores Noveles de Andalucía:

1.º Modalidad Diseños Noveles de Andalucía.

- El premio de la persona ganadora ascenderá a 5.000 euros, en concepto de derechos de autor y de imagen, con el fin de usar los bocetos de la colección ganadora en exposiciones y en cuantas acciones de promoción y difusión se estimen oportunas.

- Asimismo, el Jurado podrá proponer una mención especial, en base a criterios de creatividad, innovación y calidad, con un premio de 1.000 euros en concepto de derechos de autor y de imagen, con el fin de usar los bocetos de la colección elegida en exposiciones y en cuantas acciones de promoción y difusión se estimen oportunas.

2.º Modalidad Diseños Noveles de Trajes de Flamenca.

- El premio del ganador ascenderá a 5.000 euros, en concepto de derechos de autor y de imagen, con el fin de usar los bocetos de la colección ganadora en exposiciones y en cuantas acciones de promoción y difusión se estimen oportunas.

- Asimismo, el Jurado podrá proponer una mención especial, en base a criterios de creatividad, innovación y calidad, con un premio de 1.000 euros en concepto de derechos de autor y de imagen, con el fin de usar los bocetos de la colección elegida en exposiciones y en cuantas acciones de promoción y difusión se estimen oportunas.

h) Flamenco:

1.º Primer premio:

- Actuación en el Programa “Flamenco viene del Sur”.

- Al menos, una actuación en el circuito flamenco “Ocho Provincias”.

-DVD con la grabación de la fase semifinal en la modalidad presentada y de la gala final.

- 3.000 euros en concepto de derechos de autor y de imagen, con el fin de usar las grabaciones de la final y de los conciertos integrados en el premio en cuantas acciones de promoción y difusión que se consideren oportunas.

2.º Segundo premio:

- Al menos, una actuación en el circuito flamenco “Ocho Provincias”.

- DVD con la grabación de la fase semifinal en la modalidad presentada y de la gala final.

3.º Los participantes semifinalistas recibirán un DVD con la grabación correspondiente a la modalidad por la que se presentaron.

i) Fotografía:

1.º Primer premio: Adquisición de la obra por importe máximo de 3.000 euros.

2.º Segundo premio: Adquisición de la obra por importe máximo de 1.500 euros.

3.º Finalistas: Tanto las obras premiadas como las seleccionadas como finalistas participarán además de los siguientes galardones:

- Participación en una exposición colectiva organizada por el Instituto Andaluz de la Juventud. Los participantes a la misma podrán recibir las indemnizaciones por dietas y desplazamiento establecidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo Vínculo a legislación.

- Publicación de los trabajos fotográficos premiados y finalistas en un catálogo colectivo realizado por el Instituto Andaluz de la Juventud.

j) Graffiti:

1.º El autor o autora o grupo ganador recibirá 3.000 euros en concepto de derechos de autor y de imagen, con el fin de usar la imagen del graffiti ganador en exposiciones y en cuantas acciones de promoción y difusión se estimen oportunas.

2.º El premio a “los más jóvenes escritores de graffiti” (categoría menores de edad) consistirá en material de graffiti valorado en un importe máximo de 600 euros.

k) Narrativa:

- Publicación de la obra ganadora en papel y en formato digital por una editorial profesional, que será la responsable de la producción y la edición, así como de la difusión y distribución a nivel nacional.

- 3.000 euros en concepto de derechos de autor.

- Promoción de dicha obra mediante presentación pública a medios de comunicación especializados. Como consecuencia de su asistencia, podrán recibir las indemnizaciones por dietas y desplazamiento establecidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo Vínculo a legislación.

- Adquisición por el Instituto Andaluz de la Juventud de hasta un máximo de 500 ejemplares de dicha obra.

l) Poesía:

- Publicación de la obra ganadora en papel y en formato digital por una editorial profesional, que será la responsable de la producción y la edición, así como de la difusión y distribución a nivel nacional.

- 3.000 euros en concepto de derechos de autor.

- Promoción de dicha obra mediante presentación pública a medios de comunicación especializados. Como consecuencia de su asistencia, podrán recibir las indemnizaciones por dietas y desplazamiento establecidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo Vínculo a legislación.

- Adquisición por el Instituto Andaluz de la Juventud de un hasta un máximo de 500 ejemplares de dicha obra.

m) Pop-Rock: Los dos grupos ganadores recibirán:

1.º Gira de actuaciones gestionada por el Instituto Andaluz de la Juventud con un mínimo de 3 conciertos con cada uno de los grupos seleccionados, con presencia en diferentes salas de conciertos de Andalucía, recibiendo un máximo de 2.000 euros por concierto.

2.º Grabación y edición de un CD en el plazo, lugar y espacio que el Instituto Andaluz de la Juventud disponga.

3.º 100 copias de este CD.

n) Tweets:

1.º Primer premio: Una tableta digital valorada como máximo en 500 euros.

2.º Segundo premio: Un ebook valorado como máximo en 150 euros.

3.º Todos los premios de los certámenes, premios y concursos del Programa Desencaja estarán sujetos a los respectivos impuestos y retenciones vigentes.

Decimotercero. Suscripción de seguros obligatorios.

1. La suscripción de los seguros obligatorios necesarios para la protección de las obras participantes durante el desarrollo de los distintos certámenes podrán correr a cargo del Instituto Andaluz de la Juventud en defecto de su cobertura por las entidades prestatarias de los servicios de organización y producción de los mismos.

2. Los costes derivados de la organización y producción de las diferentes acciones enmarcadas dentro del Programa Desencaja podrán ser sufragadas por el Instituto Andaluz de la Juventud.

Decimocuarto. Protección de Datos de Carácter Personal.

De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Instituto Andaluz de la Juventud sólo utilizará los datos personales de los participantes, obtenidos mediante la cumplimentación de los boletines de inscripción y demás documentos que se adjunten, para fines relacionados con la tramitación del procedimiento y los objetivos del Programa “Desencaja”.

Anexos

Omitidos.

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