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  • EDICIÓN DE 21/01/2015
 
 

TJUE

La justicia europea anula sanciones de 11,4 millones contra España por irregularidades en fondos comunitarios

21/01/2015
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El Tribunal General de la UE ha anulado este martes la decisión de la Comisión Europea de reducir en 11,4 millones de euros las ayudas comunitarias a España para ocho proyectos por haber detectado varias irregularidades en la adjudicación de contratos. En dos fallos publicados simultáneamente, la justicia europea concluye que Bruselas no respetó los plazos legales previstos y por tanto no tiene base jurídica para recortar las subvenciones.

BRUSELAS, 20 (EUROPA PRESS)

La primera sentencia se refiere a cuatro proyectos: la gestión de residuos en Extremadura (al que el Ejecutivo comunitario redujo las ayudas en 209.049 euros); saneamiento y abastecimiento en la cuenca hidrográfica del Duero (218.882 euros); gestión de residuos en la Comunidad Valenciana (7,7 millones de euros) y saneamiento y depuración del Bierzo Bajo (1 millón).

El segundo fallo cubre otros cuatro proyectos: la segunda fase del plan de gestión de residuos de Extremadura (que sufrió un recorte de 623.135 euros); emisarios en la cuenca media, Getafe y cuenca baja del Arroyo Culebro (1 millón de euros); reutilización de aguas depuradas para el riego de zonas verdes en Santa Cruz de Tenerife (546.192 euros) y asistencia técnica para el estudio y redacción del proyecto de ampliación y abastecimiento de agua a la mancomunidad del río Algodor (30.199 euros).

La Comisión justificó estas sanciones por la existencia de "irregularidades" en relación con la normativa europea y nacional en materia de contratación pública y con la normativa sobre la admisibilidad de los gastos en el marco de acciones cofinanciadas por el fondo de cohesión. En concreto, el empleo de criterios de adjudicación incompatibles con el derecho nacional en materia de contratación pública; la certificación de un gasto efectuado en concepto de IVA, pese a que dicho gasto era recuperable y, por tanto, no subvencionable con cargo al fondo de cohesión y, por último, la utilización de procedimientos negociados sin publicidad, en contra del derecho de la Unión.

España presentó recurso contra estas sanciones ante la justicia europea, que le ha dado la razón.

En sus dos fallos de este martes, el Tribunal General señala que la normativa de la UE obliga a la Comisión a adoptar una decisión sobre la corrección financiera en el plazo de seis meses desde la fecha de la audiencia para escuchar las alegaciones del Estado miembro afectado. Este plazo fue superado ampliamente por Bruselas en todos los casos.

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