JESÚS URRAZA ABAD, Abogado ICASV.
1. Régimen general de responsabilidad penal de los representantes legales de las personas jurídicas tras la reforma del Código Penal operada mediante LO 5/2.010.
2. Régimen general de responsabilidad penal de las personas jurídicas tras la reforma del Código Penal operada mediante LO 5/2.010.
3. El cumplimiento del debido control por parte de las personas jurídicas como criterio de exoneración y atenuación de responsabilidad penal de éstas, previsto en la actual redacción del Código Penal.
4. Los denominados Corporate Criminal Compliance previstos en el Proyecto de reforma del Código Penal en curso como instrumento eficaz para dar cumplimiento desde ya al principio de debido control previsto en el vigente Código Penal: cómo elaborar un Plan de Prevención del delito (Corporate Criminal Compliance) y cómo diseñar al órgano encargado de supervisar su efectiva aplicación (Officer Compliance).