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Ofertas de dirección artística para el Centro Andaluz de Teatro

09/07/2014
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Resolución de 2 de julio de 2014, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas de dirección artística para el Centro Andaluz de Teatro, temporada 2014/2015 (BOJA de 8 de julio de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 2 DE JULIO DE 2014, DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR LA QUE SE CONVOCA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE DIRECCIÓN ARTÍSTICA PARA EL CENTRO ANDALUZ DE TEATRO, TEMPORADA 2014/2015.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril Vínculo a legislación, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de las artes plásticas, las arte combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía, las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

Dentro de los programas que lleva a cabo la Agencia Andaluza de instituciones culturales se encuentra incluido el Centro Andaluz de Teatro, centro que desde el año 1988 ha venido realizando la producción y distribución de obras escénicas, con especial incidencia en los lenguajes contemporáneos y en la tradición escénica andaluza. En sus producciones han intervenido los principales artistas, intérpretes y ejecutantes de la escena andaluza. En el año 2013, este centro ha puesto en marcha un nuevo modelo de gestión como centro de producción necesario para la sociedad andaluza, en su doble versión de público/ espectador y de profesional de las artes escénicas, con el propósito de que se convierta aún más en un lugar de encuentro y estímulo para todos los intervinientes en la creación artística escénica, ajustándose así a las nuevas demandas y realidades del sector.

El objetivo principal del nuevo modelo de gestión del Centro Andaluz de Teatro es auspiciar el acceso de la ciudadanía a los bienes culturales, desarrollando una escena pública con identidad propia, contemporánea y, al mismo tiempo, transmisora de la herencia cultural de nuestra comunidad Autónoma desde la creación, la difusión y la investigación en artes escénicas. Recientemente se ha puesto en marcha el nuevo programa de “Dramaturgia Emergente Andaluza” con el objetivo de fomentar la dramaturgia contemporánea en nuestra Comunidad. Mediante la presente convocatoria se materializa la apuesta clara por la producción pública como elemento impulsor de la creación escénica.

El Centro Andaluz de Teatro va a llevar a cabo una nueva producción escénica, consistente en el montaje de un texto contemporáneo que es referente de la dramaturgia universal, “La evitable ascensión de Arturo Ui” de Bertolt Brecht, con lectura andaluza, para su representación pública en la próxima temporada 2014/2015, tanto en escenarios andaluces como nacionales. Se ha seleccionado esta obra por su valor como referente de la dramaturgia universal y por su contemporaneidad. Asimismo su formato resulta idóneo para una producción pública, máxime cuando no ha sido producida anteriormente en nuestra Comunidad Autónoma.

Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011 de 19 de abril Vínculo a legislación,

RESUELVO

Primero. Objeto de la convocatoria y requisitos de la propuesta artística.

1. Esta Resolución tiene por objeto convocar la presentación de proyectos de dirección artística para la puesta en escena de la obra “La evitable ascensión de Arturo Ui” de Bertolt Brecht, con dramaturgia de José Manuel Mora.

El proyecto escénico seleccionado será producido y distribuido por el Centro Andaluz de Teatro, órgano de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

La dirección artística comprenderá desde la fase de preproducción y producción, hasta el seguimiento de las primeras representaciones tras el estreno de la obra.

2. Requisitos de la propuesta: La propuesta escénica deberá ser original y de riguroso estreno para el Centro Andaluz de Teatro. La propuesta de dirección artística debe ajustarse al modelo establecido en el Anexo III de esta convocatoria.

3. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 Vínculo a legislación del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, suscribirá con el licitador que resulte adjudicatario un contrato de cesión de derechos de propiedad intelectual del proyecto escénico y dirección artística del proyecto escénico seleccionado. El adjudicatario se obliga a ceder, en exclusiva y de forma excluyente, con ámbito universal y por el plazo de cinco años a contar desde el estreno de la obra, los derechos de fijación, reproducción, distribución y comunicación pública del espectáculo. Asimismo, se autoriza la fijación, reproducción, distribución y comunicación en formato audiovisual, sobre cualquier tipo de soporte o sistema técnico.

4. El número de componentes del elenco de actores y actrices oscilará entre 12 y 15. El elenco artístico será seleccionado mediante audiciones en las que participará el director artístico del proyecto escénico seleccionado. La producción del espectáculo se llevará a cabo por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Segundo. Licitadores.

Podrán participar en el procedimiento aquellas personas físicas o jurídicas, de carácter privado y preferentemente andaluces, del sector profesional de las artes escénicas.

Los interesados en participar podrán solicitar a la Agencia Andaluza convocante información sobre la orientación de la dramaturgia de la obra elaborada por su autor, solicitándolo por escrito al correo [email protected] hasta cinco días antes de la finalización del plazo de presentación, identificándose el solicitante e incluyendo una dirección de correo electrónico donde proceder a su envío.

Tercero. Importe de la licitación.

El importe máximo a satisfacer por la elaboración del proyecto hasta su puesta en escena será de 15.000 € (quince mil euros IVA incluido).

Cuarto. Solicitud.

1. Lugar y plazo de presentación.

1.1. La solicitud, suscrita por la persona interesada, dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, formulada conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente resolución, se presentará preferentemente en la sede de la Agencia, sita en edificio Estadio Olímpico, Puerta M, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, especificándose claramente la leyenda: “Centro Andaluz de Teatro. Recepción de ofertas para la temporada 2014-2015”.

Podrán también presentarse mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso, deberán comunicarlo a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales mediante correo electrónico telegrama dentro de los plazos establecidos. Para aquellas solicitudes que se envíen por correo postal certificado, el remitente deberá justificar la fecha de imposición del envío en las oficinas de correo y anunciar a la AAIICC la remisión de las mismas, mediante correo electrónico en el mismo día a la dirección de correo [email protected] Sin la concurrencia de ambos requisitos, la solicitud no será admitida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la oferta.

1.2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Contenido de la Solicitud.

Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I), las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, que se presentará en tres sobres cerrados, con el siguiente contenido:

SOBRE 1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

- Documentos que acrediten la personalidad jurídica. Si el candidato fuera persona jurídica la personalidad se acreditará mediante la presentación de copia de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta funcional, en el que constaten las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

- Tratándose de personas físicas será obligatoria la presentación de la fotocopia del DNI o pasaporte, o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.

- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán copia simple de la escritura de poder suficiente a estos efectos y de su DNI, pasaporte o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento Mercantil.

- Declaración responsable, conforme al modelo recogido como Anexo II de la presente Resolución, de no estar incurso en ninguna causa de prohibición para contratar con la Administración.

- Identificación del solicitante a efectos de notificaciones. Deberá incluirse la dirección completa del solicitante a efectos de notificaciones, incluyendo dirección de correo electrónico, en su caso.

SOBRE 2. DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

- Memoria del Proyecto artístico, con el contenido mínimo recogido en el Anexo III a la presente Resolución.

- Currículo y/o dossier del solicitante.

La documentación contenida en este sobre deberá ser presentada también en formato digital (CD, DVD, Memoria USB...).

SOBRE 3. OFERTA ECONÓMICA

- Presupuesto estimativo de la actividad, con el contenido mínimo recogido en el Anexo IV a la presente Resolución.

El importe máximo de la producción del espectáculo ascenderá a ciento veinte mil euros (120.000 euros IVA incluido), que incluirá las fases de preproducción y producción desde el comienzo de los ensayos hasta el estreno de la obra. No incluye la fase de distribución y gira. Tampoco deben ser incluidos los honorarios de esta convocatoria de dirección artística, personal técnico y de producción, que serán asumidas por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Quinto. Trámite de subsanación.

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

Sexto. Procedimiento de selección.

Las propuestas presentadas serán objeto de evaluación por parte de la comisión de valoración, que estará presidida por el Director del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras y seis vocales de reconocido prestigio y profesionalidad en el sector de las artes escénicas, designados por la persona titular de la Dirección de la Agencia.

Las personas designadas para la representación no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente con ningún creador, empresa productora o distribuidora de artes escénicas de la comunidad andaluza que presente solicitud a esta convocatoria.

La Presidencia de la Comisión de valoración podrá invitar a participar en sus sesiones, en calidad de especialistas con voz y sin voto, a personas que por su experiencia en el sector de las artes escénicas asesoren a la Comisión en sus deliberaciones.

La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a y que será igualmente designada por la persona titular de la Dirección de la Agencia.

La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Comisión se regirá por las normas aplicables que regulan los órganos colegiados en la Ley 9/2007, de 22 de octubre Vínculo a legislación, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en las normas básicas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo. Criterios de valoración.

Para la evaluación de las ofertas presentadas, la Comisión de Valoración tomará en consideración los siguientes criterios:

- La calidad y el valor artístico del proyecto, originalidad de la propuesta, creatividad, coherencia entre los elementos que integrarían el espectáculo (música, vestuario, escenografía, etc.) y el interés para las Artes Escénicas en Andalucía: Hasta 50 puntos.

- La adecuación del espectáculo para su distribución en espacios escénicos de mediano y gran formato: Hasta 15 puntos.

- Adecuación presupuestaria de la producción del espectáculo: Hasta 15 puntos.

- La trayectoria del equipo creativo propuesto: Hasta 15 puntos.

- Consideración que el proyecto tenga de la igualdad de género: Hasta 5 puntos.

La documentación aportada por los solicitantes deberá incluir aquella que acredite la aplicación de los criterios de valoración. No obstante, los solicitantes estarán obligados aportar la documentación que les sea requerida para la correcta acreditación de las circunstancias tenidas en cuenta en la aplicación de dichos criterios objetivos. Aquellos aspectos que no resulten debidamente documentados no serán tenidos en cuenta en la aplicación de los mencionados criterios objetivos de valoración. En el caso de que ninguno de los proyectos presentados alcanzara una valoración suficiente, la Comisión podría declarar la adjudicación desierta.

Octavo. Resolución.

En base de la valoración realizada por la Comisión se elaborará un orden de prelación con la valoración obtenida por todos los solicitantes.

El licitador que haya obtenido la mayor puntuación será invitado a participar en un procedimiento negociado sin publicidad, mediante la adjudicación directa, al amparo de lo dispuesto por el artículo 170.d) Vínculo a legislación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En el procedimiento de contratación, el licitador deberá presentar la documentación acreditativa de estar al corriente con de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Noveno. Devolución de solicitudes originales.

La documentación de las propuestas no seleccionadas quedarán a disposición de los interesados durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución, en la oficina de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. La documentación no retirada en esta fecha pasará a formar parte de los fondos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con fines de documentación y archivo.

Anexos

Omitidos.

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