MADRID, 25 Jun. (EUROPA PRESS) -
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que los magistrados estiman de forma parcial la demanda interpuesta, a través de los servicios de la Asociación el Defensor del Paciente, contra la desestimación presunta de solicitud de responsabilidad patrimonial efectuada el día 22 de diciembre de 2010.
Según la sentencia, una mujer de 37 años dio a luz el 13 de diciembre de 2009 en el Hospital Universitario Doce de Octubre. A los 11 días de vida, el bebé fue sometido a canalización de vía central en la pierna izquierda que sufrió una necrosis y, posteriormente, en la pierna derecha con el mismo resultado, situación mantenida durante seis horas.
Los magistrados señalan que los médicos deberían haber consultado a los padres para "una vez informados y con conocimiento de los riesgos y complicaciones posibles, hubieran manifestado su posición respecto de la continuidad del esfuerzo terapéutico".
Según el fallo, como no se explicó el riesgo específico una vez conocido lo ocurrido en la pierna izquierda y se continuó con la pierna derecha para dañarla de forma irreversible, la sentencia estima parcialmente la demanda en la cantidad de 12.000 euros.
Frente a la petición de los padres de 100.000 euros por daños y perjuicios, la resolución señala que no ha lugar a reconocer indemnización como consecuencia de las lesiones sufridas por la primera canalización que se practicó de vía central del bebé, en el intento de preservar su vida, en momentos de urgencia clínica.