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TSJN

El TSJN desestima dos recursos del SNS y obliga a readmitir a dos trabajadoras del servicio de cocinas del CHN

13/06/2014
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El Tribunal Superior de Justicia ha desestimado los recursos de suplicación formulados por el Servicio Navarro de Salud (SNS) y ha confirmado las sentencias del Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona por las que se obliga al SNS a readmitir en su mismo puesto de trabajo a dos trabajadoras del servicio de cocinas del Complejo Hospitalario de Navarra (CHN).

PAMPLONA, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

En concreto, obliga al SNS a readmitirlas con abono de los salarios dejados de percibir desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido o bien a indemnizarlas al declarar el despido de las trabajadoras como improcedente, según ha informado CCOO de Navarra en una nota.

El sindicato ha explicado que el 11 de febrero de 2014 el Juzgado de lo Social número 3 dictó dos sentencias en los juicios celebrados contra el SNS por la finalización de los contratos del personal de cocinas del CHN tras la externalización de este servicio.

Según CCOO, "el fallo de ambas sentencias declaraban como despido improcedente la extinción del contrato de dos trabajadoras defendidas en este proceso por la asesoría jurídica de CCOO, sentencias que obligaban al SNS a readmitir a las demandantes en su mismo puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido o bien a ser indemnizadas".

El SNS interpuso recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, recurso de suplicación que ha sido desestimado.

CCOO ha destacado que en las sentencias ahora confirmadas apreciaba el juez que "en el contrato administrativo para la atención de otras necesidades de personal (más conocido entre las trabajadoras como contratos estructurales) firmados por las demandantes no se cumplieron los requisitos legales y reglamentarios exigidos".

La consecuencia de ello, ha concluido el sindicato, "es que estamos ante una contratación laboral fraudulenta y como tal indefinida". Por este motivo, la comunicación de cese del pasado mes de enero de 2013 "es constitutiva de un despido improcedente", ha añadido.

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