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TSJA

El TSJA advierte que la reforma de la LOPJ no logrará sus objetivos "sin la necesaria dotación de medios"

12/06/2014
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La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido un informe al anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial en el que advierte de que "no se lograrán los objetivos que proclama la reforma sin la necesaria dotación de medios personales y materiales".

SEVILLA, 11 (EUROPA PRESS)

En el informe, al que ha tenido acceso Europa Press y que fue aprobado por la Sala de Gobierno en su pleno de este martes, el Alto Tribunal andaluz pone de manifiesto que la actual situación de la justicia en España, "de todos conocida y por todos criticada, justifica por sí sola una iniciativa legislativa como las que nos ocupa, que no resulta, sin embargo, novedosa, pues es heredera de otras anteriores que no llegaron a buen fin".

"Esa es una de las razones que hacen imperiosa una reforma de la actual organización judicial que dote a la misma de flexibilidad y eficacia, modernizando las estructuras que deben conformarla", dice el TSJA, que subraya que "no se lograrán los objetivos que proclama la reforma sin la necesaria dotación de medios personales y materiales, ni previsión de una nueva planta judicial y plena implantación de la nueva oficina judicial".

Sin embargo, esto es algo que "el prelegislador pospone, impidiendo calibrar adecuadamente cuál será el alcance de la misma, pues las vigentes circunstancias políticas y económicas, en las que la competencia en cuanto a la provisión de los medios personales y materiales de la Administración de justicia corresponde unas comunidades autónomas fuertemente endeudadas o a un Ministerio de Justicia también seriamente condicionado en lo económico, inducen a pensar en el mantenimiento de la dispersión judicial actual durante un periodo de tiempo largo".

A su juicio, "los actuales problemas de sobrecarga de asuntos en los órganos judiciales y la falta de creación de plazas judiciales necesarias para asumirla van a seguir existiendo y vamos a tener que hacerles frente con los mismos instrumentos, no siempre idóneos para ello: comisiones de servicio y jueces de adscripción territorial".

El TSJA asevera que las "omisiones" comentadas "podrían llevar a aprobar una norma cuya eficacia quedase demorada en el tiempo hasta la adecuación de la planta judicial, en cuyo caso el esfuerzo legislativo sería vano; o podría llevar a que se aplicase de modo sólo parcial, sin que consten las medidas que se llevarían a cabo para ello, lo que hace imposible calcular los efectos que la misma podría tener en la Administración de justicia".

"INDESEABLES SITUACIONES DE BLOQUEO"

En cualquier caso, advierte de que experiencias como la de la llamada Nueva Oficina Judicial "demuestran que los proyectos legales en materia de Administración de justicia, si no se acompañan de un estudio serio sobre su forma de implantación y memoria económica, abocan a indeseables situaciones de bloqueo".

Por todo ello, propone acompañar el anteproyecto de la Ley de Demarcación y Planta Judicial "que contemple la nueva situación creada" o, en su caso, añadir una disposición final que condicionase la entrada en vigor del nuevo modelo de organización judicial a la efectiva materialización de la nueva planta judicial, así como a la implantación y dotación básica de la oficina judicial.

Seguidamente, el TSJA analiza y realiza precisiones a distintos aspectos concretos de la reforma que propone el anteproyecto, proponiendo por ejemplo la supresión de los dos artículos que introducen limitaciones a la libertad de expresión y de opinión de los jueces y las asociaciones judiciales, o la supresión de la fijación conjunta por el Ministerio y el CGPJ de los sistemas de medición del trabajo de los jueces.

En lo referente a la instauración de los tribunales provinciales de instancia, el TSJA opina de manera favorable al diseño organizativo propuesto, aunque "puesto que este modelo no puede ser objeto de aplicación inmediata, sería conveniente iniciar este proceso de transformación con la inmediata organización colegiada en los actuales partidos judiciales así como con la implantación de agrupaciones de partidos judiciales cercanos geográficamente", lo cual "resultaría factible en más corto plazo y permitiría visualizar frutos de la nueva reforma".

TRIBUNALES DE INSTANCIA

Al hilo, y sobre la organización judicial a través de los tribunales de instancia, el TSJA señala en este informe de 13 páginas que el anteproyecto aborda el asunto "con un criterio en el que destaca la supresión de las audiencias provinciales, que vienen a unificarse con los órganos unipersonales de la provincia en el mentado tribunal de instancia".

"Si existen tribunales que están operando ya a modo del proyectado tribunal de instancia son las propias audiencias provinciales", por lo que "no se ve una explicación razonable para la desaparición de las mismas en el tribunal de instancia, al tiempo que sí se percibe de que ello pueden seguirse consecuencias negativas en lo referente a la proximidad de la justicia al ciudadano, la agilidad de la respuesta judicial y en la propia estabilidad profesional de los magistrados actualmente destinados en estos órganos".

Además, "igualmente ligado a esta desaparición de las audiencias provinciales está la de los decanos, cuyas funciones quedarían absorbidas en las de los presidentes del tribunal de instancia, perdiéndose uno de los más importantes elementos de conexión de la carrera con la sociedad, así como uno de los puntales de la defensa de la independencia judicial, como se ha venido acreditando a lo largo de los años".

Entre otros puntos, el TSJA se opone, por ejemplo, a suprimir las categorías en la carrera judicial, pues "no se alcanza a comprender la necesidad de esta desaparición" para que todos los profesionales sean jueces.

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