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El TS declara que la antigüedad de los trabajadores de Panda Security en Euskadi "no podrá ser absorbida"

06/05/2014
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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de Panda Security contra la decisión judicial que falló, en 2013, que "la práctica de la absorción de la antigüedad llevada a cabo por la empresa no se ajusta a derecho" y ha dado la razón a los trabajadores, al manifestar que no es "compensable bajo ningún concepto" la antigüedad o trienios establecidos en el convenio colectivo de oficinas y despachos de Bizkaia.

BILBAO, 5 May. (EUROPA PRESS) -

En un comunicado, LAB ha afirmado que, tras más de dos años de conflicto en Panda Security "y gracias a la lucha llevada por la plantilla con el comité a la cabeza y respaldados por el sindicato LAB", los trabajadores "cobrarán íntegramente la antigüedad que por convenio les corresponde".

Según ha destacado, el sindicato ha defendido "desde el principio" que se trataba de un conflicto colectivo, y así lo ha reclamado "mediante acción sindical llevada en la empresa y acompañada de la vía judicial".

También ha afirmado que esta actuación "ha sido respaldada por los trabajadores, que han reclamado a la empresa desde hace años" que no pueden "robar la antigüedad que por convenio colectivo corresponde".

"Ha sido una larga lucha con múltiples movilizaciones en defensa de nuestros derechos, y finalmente el conflicto se zanja mediante una desestimación del recurso presentado por la empresa en el Tribunal Supremo", ha dicho.

LAB ha recordado que Panda Security recurrió la sentencia inicial, que declaró que no era "absorbible" ni "compensable bajo ningún concepto" la antigüedad o trienios establecidos en el convenio colectivo de oficinas y despachos de Bizkaia.

"Una vez más, la constancia y lucha dan sus frutos. Desde LAB seguiremos trabajando en la defensa de los derechos de los trabajadores de Panda Security", ha concluido.

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