Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/04/2014
 
 

TS

El TS ratifica la sentencia del TSXG que declara "no ajustado a derecho" el despido colectivo de Hermanos Rodríguez S.L.

23/04/2014
Compartir: 

Confirma la resolución que atribuye una actuación "fraudulenta" al grupo empresarial vigués

VIGO, 22 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por la empresa Hermanos Rodríguez Gómez S.L., con sede en Bouzas (dedicada al utillaje y maquinaria para procesado de pescado) contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que declaraba "no ajustado a derecho" el despido de 56 trabajadores.

El comité de empresa de esta firma y de Pescatech, ambas pertenecientes al mismo grupo presentaron una demanda por el despido de 56 trabajadores. En su sentencia, de diciembre de 2012, el alto tribunal gallego hacía constar que el despido colectivo no se ajustaba a derecho, y que el grupo empresarial había tenido una actitud "fraudulenta" ya que, entre otras irregularidades, dicho grupo era más amplio de lo que la parte recurrente había admitido.

Asimismo, se hacía constar que las varias empresas de ese holding mantenían entre sí relaciones comerciales, financieras y económicas, no siempre claras, y que, además, se había producido el trasvase de trabajadores entre ellas.

El Supremo ha desestimado el recurso de la empresa y ratifica así la resolución del TSXG que, asimismo, señala que el grupo Hermanos Rodríguez "actúa unitariamente a efectos laborales y que, por mor de esa actuación, ha supuesto descapitalizar a las empleadoras".

PROCESO

En agosto de 2012, Hermanos Rodríguez Gómez y Pescatech iniciaron la tramitación de un expediente de despido colectivo para 56 trabajadores (entre las dos empresas), alegando causas económicas objetivas y aportaron documentación a los representantes de los trabajadores para acreditar sus resultados negativos.

Pese a que en ese momento todavía estaba en vigor un expediente de regulación de empleo suspensivo y que no hubo acuerdo con los sindicatos para los despidos (las empresas ofrecían indemnizaciones de 20 días por año trabajado, pero sin poder ejecutarlas por falta de liquidez), en septiembre de ese año entregaron las cartas de despido.

En diciembre de 2012 las empresas entraron en concurso y, entre marzo y abril de 2013, el juzgado mercantil dio por concluido el proceso, que acabó con la liquidación y disolución de las sociedades.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana