Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/02/2014
 
 

Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias

25/02/2014
Compartir: 

Decreto 11/2014, de 21 de febrero, de modificación del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias de las Illes Balears (BOCAIB de 22 de febrero de 2014) Texto completo.

DECRETO 11/2014, DE 21 DE FEBRERO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 137/2007, DE 9 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE INVERSIONES ESTATUTARIAS DE LAS ILLES BALEARS

El Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, creó la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias. El artículo 3.1 de este Decreto estableció su composición, que fue posteriormente modificada por el Decreto 103/2011, de 7 de octubre, para ajustarse a la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma vigente en aquel momento y establecida por el Decreto 12/2011, de 18 de junio, del presidente de las Illes Balears.

Mediante el Decreto 5/2013, de 2 de mayo Vínculo a legislación, del presidente de las Illes Balears, se ha determinado una nueva composición del Gobierno y se ha establecido una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante la creación y modificación de varias consejerías.

En consecuencia, la composición de la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias, por lo que respecta exclusivamente a las consejerías que tienen competencias afectadas en relación con estos convenios, se tiene que adaptar a la actual composición y estructura del Gobierno.

De acuerdo con los artículos 38 y 39 de la Ley del Gobierno de las Illes Balears, la potestad reglamentaria corresponde al Gobierno y tiene que adoptar, en este caso, la forma de decreto.

Por todo ello, a propuesta del vicepresidente y consejero de Presidencia, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno el día 21 de febrero de 2014,

DECRETO

Artículo único

Modificación del artículo 3 del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre

Se modifica el apartado 1 del artículo 3 del Decreto 137/2007, de 9 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estatutarias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que pasa a tener la siguiente redacción:

1. Son integrantes de la Comisión:

a) El vicepresidente y consejero de Presidencia, que la preside.

b) La directora general de Coordinación del Gobierno, que es su vicepresidenta.

c) Dos personas en representación de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, designadas por su titular.

d) Una persona en representación de la Consejería de Economía y Competitividad, designada por su titular.

e) Una persona en representación de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, designada por su titular.

f) Una persona en representación de la Consejería de Turismo y Deportes, designada por su titular.

g) Una persona en representación de la Consejería de Salud, designada por su titular.

h) Dos personas en representación de la Consejería de Hacienda y Presupuestos, designadas por su titular.

y) Una persona en representación de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, designada por su titular.

j) Un funcionario o una funcionaria de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, nombrado por su titular, que tiene que actuar como secretario o secretaria, con voz pero sin voto.

Disposición final única

Entrada de vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  4. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  5. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  6. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  7. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  8. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  9. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana