MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados estiman que María A. L. cometió un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos cuando reenvió a su abogada, para que la utilizara en el procedimiento matrimonial que se estaba solventando, la correspondencia electrónica que el marido mantenía con su abogado.
De este modo, estiman el recurso presentado por la condenada y señalan que que María A. L. cometió el delito de descubrimiento y revelación de secretos que "tutela el derecho de la intimidad personal como bien jurídico protegido y garantizado por la Constitución Española".
Así, esgrimen que cometió estos delitos "cuando entró en el ordenador de su exmarido y se apoderó de los correos que iban dirigidos a él aprovechando que había tenido que abandonar el domicilio por la existencia de una orden de alejamiento".
Y consideran también los jueces que el delito es continuado al quedar acreditado que la condenada envió a su letrada los correos relativos a los conflictos derivados de la separación entre ambos, particulares y exclusivos del ex marido dado que eran parte de su defensa en el procedimiento matrimonial, en días distintos y sucesivamente.