ORDEN DE 27 DE ENERO DE 2014 DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y AGUA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 5 DE JULIO DE 2012, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y AGUA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS Y A LA PRIMERA INSTALACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2007-2013, Y SE REALIZA LA CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2012.
Mediante Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura y Agua, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores.
Realizada la aprobación de las operaciones para todos los proyectos a ejecutar tanto en 2013 como en 2014 y 2015, y debido a que pueden existir, por el tiempo transcurrido, algunas modificaciones en las operaciones aprobadas, con el fin de dar posibilidad a los beneficiarios de presentar dichas modificaciones, y que puedan, en su caso, ser aprobadas, se estima necesario modificar el artículo 24 de las bases reguladoras.
En su virtud, a propuesta del Director General de Industria Agroalimentaria y Capacitación Agraria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Dispongo:
Artículo único.- Modificación de la Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores en el marco del programa de desarrollo rural 2007-2013, y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2012.
La Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores en el marco del programa de desarrollo rural 2007-2013, y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2012, queda modificada como sigue:
Uno.- Se adiciona los apartados 4, 5 y 6 al artículo 24, que queda redactado del siguiente modo:
4. Para los ejercicios 2014 y 2015, se podrán presentar solicitudes de modificación de la orden de concesión desde el 1 de enero hasta el 1 de marzo de cada año respectivamente. Estas modificaciones no podrán en ningún caso modificar el tipo de beneficiario, ni tener como finalidad el cambio de anualidad de la ejecución, justificación y solicitud de pago de la ayuda aprobada.
5. Las solicitudes de modificación indicarán las circunstancias que motivan la modificación, aportando un nuevo plan empresarial o de mejora que acredite la viabilidad de la explotación y la documentación actualizada que por tal modificación sufra variaciones.
6. Toda modificación requerirá para su validez de la notificación de la resolución de aprobación por el Consejero de Agricultura y Agua.
Disposición final.- Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.