ORDEN FORAL 75/2013, DE 23 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y RELACIONES INSTITUCIONALES, POR LA QUE SE DETERMINAN LAS CARACTERÍSTICAS DE LA PLACAS DISTINTIVAS DE LOS RESTAURANTES Y CAFETERÍAS EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.
El Artículo 11 del Decreto Foral 56/2013, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Restaurantes y Cafeterías en la Comunidad Foral de Navarra, establece la necesidad de que dichos establecimientos exhiban, junto a la entrada principal, una placa normalizada en la que figure el distintivo correspondiente a su modalidad y clasificación, cuyas características serán determinadas por el Consejero competente en materia de turismo.
En su virtud,
ORDENO:
1. Aprobar las características técnicas de las placas distintivas de los restaurantes y de las cafeterías en la Comunidad Foral de Navarra conforme a los Anexos I y II de la presente Orden Foral.
2. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
3. Contra la presente Orden Foral cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación.
Anexos
Omitidos.