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Corrupción de menores y abuso sexual

La Fiscalía del TS pide la revisión de la sentencia del 'caso Kárate' por no valorarse la prueba de la defensa

23/01/2014
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La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha considerado necesario que el tribunal del 'caso Kárate' revise la sentencia del mismo por no valorarse la prueba de la defensa, ya que ésta se omite, y aunque consideran que se trata de una prueba "meramente circunstancial, el tribunal debería haberla valorado".

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 22 (EUROPA PRESS)

De esta forma, apoya parcialmente la Fiscalía del TS uno de los motivos presentados por el abogado del principal acusado del 'caso Kárate', Fernando Torres Baena, donde expone que la sentencia que afecta a su representado no valora "en absoluto la prueba de la defensa que incluía la práctica de 14 testigos a los que no hace referencia".

Asimismo, pide la revisión de la sentencia en relación al acusado Juan Luis Benítez, al considerar "desafortunada" la expresión de la sentencia sobre el mismo cuando dicen que se trata de "tres episodios aislados" la imputación.

En este sentido, la Fiscalía del TS subraya que estos "no son simplemente episodios sino graves hechos constitutivos de delitos", por lo que creen que los argumentos de la Sala sobre los hechos de Benítez con una de las denunciantes al valorar la sentencia al respecto de la responsabilidad del acusado en abusos contra la joven "son arbitrarios".

En el mismo sentido se pronuncia sobre los hechos denunciados por otra joven contra Benítez, al que califican como un "depredador sexual de menores al igual que los otros condenados", considerando que existen "pruebas muy sólidas, tan sólidas como respecto de otros acusados de que Juan Luis Benítez abusaba de menores".

PENAS PARA LOS ACUSADOS

Fernando Torres Baena ha sido condenado a 302 años de prisión por los delitos de corrupción de menores y abuso sexual, en concreto, lo considera responsable de 29 delitos continuados de abusos sexuales a la pena de nueve años de prisión por cada uno de ellos, lo que hace un total de 261 años, a los que se suman otros tres delitos no continuados de abusos sexuales a la pena de prisión de cinco años por cada uno de ellos, lo que supone un total de 15 años.

Además, deberá indemnizar en concepto de responsabilidad civil a las víctimas que se le relacionan en cantidades de 50.000 euros; 40.000 euros; y 10.000 euros.

Otra de las acusadas, María José González, pareja de Torres Baena ha sido condenada a un total de 148 años de prisión al considerarla responsable de 17 delitos continuados de abusos sexuales, con acceso carnal, así como a una pena de ocho años de cárcel por cada uno de ellos, lo que hace un total de 136 años de prisión. Respecto a la responsabilidad civil, deberá indemnizar a las víctimas que se le relacionan con ella a 40.000 euros; 30.000 euros; y 10.000 euros.

La tercera condenada del 'caso Kárate', Ivonne González se le ha impuesto una pena total de 126 años de cárcel por delitos de abusos sexuales. Así, se le ha condenado como autora responsable de 15 delitos continuados de abuso sexual con acceso carnal y prevalimiento a una pena de ocho años de prisión por cada uno de ellos, lo que supone un total de 120 años, a los que se suman dos delitos recogidos en el artículo 181.1 y 2 del Código Penal a la pena de prisión de tres años, lo que supone un total de seis años.

Por su parte, Ivonne González en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a las víctimas que se le relacionan con 40.000 euros; 30.000 euros; y 10.000 euros.

Por su parte, el cuarto de los implicados, Juan Luis Benítez, ha sido absuelto de todos los cargos, fallo con el que el juez de la Sala, Emilio Moya, se ha mostrado en desacuerdo al considerar que había hechos constitutivos de delito.

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