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TSJM

El TSJM niega a varios exdiputados del PSOE las indemnizaciones que pedían por no homologarse su sueldo al de diputados nacionales

23/01/2014
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La sala octava de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha negado a nueve diputados socialistas de la legislatura 2007-2011 la indemnización que reclamaban a la Asamblea de Madrid por no equipararse sus sueldos con los de los parlamentarios al Congreso de los Diputados por Madrid.

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

Según de desprende de la sentencia del tribunal madrileño, que ha avanzado este miércoles el diario 'El Mundo', se desestima el recurso presentado por estos nueve parlamentarios socialistas --- consta la renuncia del proceso de Francisco Hernández e Iván García Yustos-- contra la resolución de la Mesa de la Asamblea del 12 de diciembre de 2011 por la que se les denegó la solicitud de reconocimiento y abono de la indemnización que solicitaban

El tribunal señala que procede la imposición de costas a la parte recurrente y añade que frente a esta sentencia no podrá formularse recurso de casación al ser las cuantías individualizadas inferiores a 600.000 euros.

En su momento, este grupo de exdiputados remitió un escrito a la Asamblea de Madrid en el que reclamaban compensaciones económicas por no haberse homologado sus sueldos con los de los parlamentarios al Congreso de los Diputados por Madrid como, según aseguraban, establece la Ley 8/2000.

La Mesa de la Asamblea de Madrid rechazó por unanimidad la petición, y, además, en el plano orgánico, el secretario general del Partido Socialista de Madrid, Tomás Gómez, afirmó que el partido les abriría expediente disciplinario, pero ellos siguieron adelante.

Ahora, más de dos años después de aquella decisión de la Mesa de la Cámara autonómica, los tribunales le dan la razón y niegan esas indemnizaciones a los exparlamentarios, que alegaron que la actuación de la Mesa era "ilegal por atentar contra el estatuto jurídico de los parlamentarios"; y por infringir "el principio de respeto a los actos propios, el mandato legal de protección a la confianza legítima y el principio patere legem quuem feciste".

En respuesta a la petición de los socialistas, el TSJM afirma que "no se ha acreditado la vulneración del principio de los actos propios ni de la confianza legítima".

Además, asevera que "no se ha acreditado que los recurrentes hayan reunido los requisitos para ser acreedores a la indemnización que solicitan", ya que no se acredita que "los recurrentes se encuentran incardinados en aquellos supuestos que tienen derecho a la indemnización que se postura".

El tribunal expone que desde el momento en que los recurrentes no ostentan la condición de funcionarios, ni de personal eventual al servicio de la administración pública "no resulta de aplicación doctrina jurisprudencial al respecto".

Por último, indica que son representantes elegidos de forma democrática por los ciudadanos y tiene su estatuto propio y les es de aplicación el Reglamento de la propia Cámara.

Los parlamentarios que reclamaron estas indemnizaciones fueron Francisco Contreras, Lucas Fernández, Joaquín García Pontes, Carmen García Rojas, María Ángeles Martínez, Dolores Rodríguez Gabucio, Esperanza Rozas, Yolanda Villavicencio y Fátima Peinado. Renunciaron durante el proceso Francisco Hernández e Iván García Yustos.

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