Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/11/2013
 
 

Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente”

19/11/2013
Compartir: 

Decreto 70/2013, de 14 de noviembre, por el que se aprueba la modificación del Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente” aprobado por Ley 6/2007, de 28 de marzo (BOCYL de 18 de noviembre de 2013). Texto completo.

DECRETO 70/2013, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO REGIONAL “CIUDAD DEL MEDIO AMBIENTE” APROBADO POR LEY 6/2007, DE 28 DE MARZO.

El Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente” fue aprobado por Ley 6/2007, de 28 de marzo (“B.O.C. y L.” 27/04/2007), con el objetivo de crear un espacio donde se integrasen instituciones de investigación y desarrollo, en especial en el campo de la preservación del medio ambiente, con usos residenciales y actividades empresariales y de servicios, desde la perspectiva de la integración en el entorno y la sostenibilidad del desarrollo económico.

Los cambios operados en la legislación urbanística conllevan la necesidad de modificar el Proyecto, eliminando las referencias al suelo urbanizable delimitado y numerosas redundancias en materia de régimen de suelo, planeamiento, gestión e intervención en el uso del suelo, respecto de las cuales lo más prudente es la remisión a la normativa. Son convenientes también matizaciones en cuanto a: usos y tipologías edificatorias; usos característicos, compatibles y prohibidos; condiciones de parcelación, de urbanización, de edificación, de las infraestructuras e higiénicas; modos de utilización de los vehículos eléctricos e híbridos; y normas en suelo rústico. Asimismo se eliminan contenidos impropios del planeamiento como condiciones detalladas de edificios y viales, materiales, elementos de urbanización, condiciones técnicas de instalaciones o referencias al aprovechamiento energético. También se ajustan superficies (el sector 2 pasa de 84,32 a 83,79 Ha por efecto de un mejor replanteo), edificabilidades (como la parcela P-8, que carecía de ella) y condiciones de edificación, que en general se simplifican (así en el “campus institucional”); pero se mantienen los parámetros globales del Proyecto Regional.

Dichos cambios se concretan:

- En la memoria se modifican íntegramente los capítulos B.4 y E, y parcialmente los capítulos A.1, B.1, B.2, B.3 y B.5.

- En la normativa se modifican íntegramente los artículos 10, 11, 14, 20, 22, 24, 28, 43, 45, 46, 48, 49, 52 a 55 y 58, y parcialmente los artículos 15, 19, 21, 23, 26, 27, 29 a 31, 33, 34, 41, 42, 44, 51, 57 y 59; se añaden los artículos 43 bis, 43 ter y 45 bis y se suprimen los artículos 25, 35 a 37, 39, 40, 47, 50 y 56.

- En cuanto a los planos, se realiza una nueva edición completa para garantizar la exactitud de las determinaciones y su concordancia con una base cartográfica actualizada y optimizada; asimismo se modifica la denominación de algunos planos para mejorar su concordancia con su objeto, se establece el carácter indicativo de los planos P.22, P.23 y P.24 y se añade el P.38.

En conjunto se trata de una modificación limitada a las determinaciones urbanísticas y de carácter no sustancial, ya que se conservan tanto los elementos que definen el modelo territorial aprobado en 2007, como la ordenación general, la clasificación del suelo y los parámetros que definen el aprovechamiento y la edificabilidad a nivel global.

La modificación se tramita por iniciativa del “Consorcio para la Promoción, Desarrollo y Gestión de la Ciudad del Medio Ambiente” que presentó la correspondiente solicitud, junto con la documentación técnica necesaria, con fecha 25 de junio de 2012.

La modificación se ha tramitado conforme a lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, si bien haciendo uso de la previsión contenida en la disposición final primera de la Ley 6/2007, de 28 de marzo, que habilita la modificación de las determinaciones urbanísticas del Proyecto mediante Decreto de la Junta de Castilla y León.

A tal efecto se han solicitado los informes preceptivos exigidos por la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, y se ha sometido la modificación a trámites de información pública y audiencia a las administraciones públicas adecuadamente publicitados; igualmente se ha modificado la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Regional por parte del órgano ambiental competente y se ha obtenido el informe favorable del Consejo de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Fomento y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de noviembre de 2013

DISPONE

Artículo único. Modificación del Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente”.

Se aprueba la modificación de la Memoria, Normativa y Planos de Información y Ordenación del Proyecto Regional “Ciudad del Medio Ambiente” aprobado por Ley 6/2007, de 28 de marzo, conforme al Anexo del presente decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición Final Primera. Habilitación normativa.

Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de urbanismo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este decreto.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana