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Gestor electrónico de expedientes de contratación en todos los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

31/10/2013
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Orden de 22/10/2013, de la Consejería de Hacienda, por la que se acuerda la implantación de un gestor electrónico de expedientes de contratación en todos los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM de 30 de octubre de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 22/10/2013, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE ACUERDA LA IMPLANTACIÓN DE UN GESTOR ELECTRÓNICO DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN EN TODOS LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto 54/2011, de 17 de mayo Vínculo a legislación, por el que se regula la utilización de medios electrónicos y se establecen medidas de organización y de mejora de la transparencia en la contratación en el Sector Público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, estableció, en consonancia con la Ley 30/2007, de 30 de octubre Vínculo a legislación, de contratos del sector público, el marco jurídico adecuado para que los procedimientos de licitación y de adjudicación de contratos pudieran realizarse con medios electrónicos. En concreto, el artículo 3.2 del mencionado Decreto habilita a la Consejería de Hacienda para imponer la tramitación electrónica, total o parcial, de los procedimientos de contratación, sin que, en ningún caso, la utilización de los medios electrónicos pueda ser causa de restricción o discriminación a los licitadores.

El Parlamento Europeo, en su resolución de 25/10/2011, sobre la modernización de la contratación pública, subraya el hecho de que la contratación electrónica puede impulsar la simplificación de todo el proceso de contratación, introduciendo eficiencias que generen importantes ahorros en tiempo y costes tanto para las empresas como para las Administraciones Públicas e incrementando la transparencia y la accesibilidad.

Un paso decisivo, previo a la implantación del procedimiento de licitación electrónica en el ámbito de la Administración la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, es la ordenación de los procedimientos de contratación y la normalización de los documentos, objetivo éste, que desde la Consejería de Hacienda se pretende alcanzar de forma definitiva mediante la implantación de un gestor electrónico de expedientes de contratación para todos los órganos de contratación de la citada Administración.

Tras un análisis exhaustivo de las soluciones técnicas existentes en el mercado y en el ámbito de nuestra Administración, se ha concluido que el gestor electrónico de expedientes de contratación denominado “Picos”, proyecto adquirido, diseñado e implementado en el ámbito del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) constituye una solución válida para la gestión de los expedientes de contratación en todo el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, al permitir la gestión eficaz de la tipología de contratos prevista en la legislación de contratos actualmente vigente y su adaptación a las necesidades propias de cada órgano de contratación.

La implementación del citado gestor de expedientes de contratación en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos cuenta con el apoyo expreso de la Dirección General de Gestión Económica e Infraestructuras del Sescam y de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías de la Consejería de Fomento, así como con el visto bueno de la Comisión Regional de Contratación. Esta aplicación no sólo optimiza al máximo los recursos públicos invertidos en la adquisición, diseño e implementación de la aplicación, sino que permite su inmediata utilización en la gestión de los expedientes de contratación, aportando la seguridad y fiabilidad de una solución ya testada y probada.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 1 Vínculo a legislación y 4 Vínculo a legislación del Decreto 147/2012, de 28 de noviembre, de estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y el artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto 54/2011, de 17 de mayo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos y se establecen medidas de organización y de mejora de la transparencia en la Contratación en el Sector Público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

La presente orden tiene por objeto regular el proceso de implantación de un gestor electrónico de expedientes de contratación de carácter corporativo para la tramitación de los procedimientos de adjudicación y gestión de los contratos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Mediante el gestor electrónico de expedientes de contratación los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos tramitarán la totalidad de los procedimientos relacionados con los contratos previstos en la legislación vigente en la materia, incluidos los contratos menores y con independencia de las técnicas, formas e instrumentos utilizados en la licitación y adjudicación de los contratos.

Artículo 3. Acceso y contenido de la aplicación.

3.1. Tendrán acceso al gestor electrónico de expedientes de contratación los órganos de contratación y todas las unidades cuyas funciones se hallen implicadas en cualquiera de las fases del procedimiento de contratación, ejecución, cumplimiento y efectos de los contratos previstos en la legislación vigente. Entre otras, tendrán acceso a la aplicación las unidades de contratación, las de gestión económica, las responsables de la intervención y el control económico y financiero, las unidades de asesoramiento jurídico y las de documentación.

3.2. El control de acceso a la aplicación se hará mediante usuario/contraseña o mediante certificado digital. Las validaciones se harán contra el servicio corporativo de LDAP de la Junta de Castilla-La Mancha.

Artículo 4. Integraciones con otros sistemas de información.

4.1. El gestor electrónico de expedientes de contratación, como sistema de gestión y tramitación de contratos, se irá integrando de forma progresiva con las aplicaciones corporativas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sistemas de información de ésta u otras administraciones vinculadas al proceso de contratación;

entre otras:

- La plataforma de contratación del Estado (Place) - Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (Rolece) - El Registro Oficial de Licitadores de Castilla-La Mancha - El Registro de Contratos del Sector Público de Castilla-La Mancha.

- La aplicación para la gestión de pedidos (AGP) derivados de acuerdos marco de contratación centralizada.

- La facturación electrónica - El gestor económico contable de la Administración de la Junta (Tarea) - El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) - El registro único virtual, el portafirmas electrónico, la plataforma de notificación electrónica y la herramienta de archivado digital.

- El sistema de gestión de recursos económicos de la Consejería de Hacienda.

- La Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

- La Tesorería General de la Seguridad Social.

4.2. Previa valoración técnica y funcional, podrán crearse, dentro del gestor electrónico de expedientes de contratación, módulos o funcionalidades que sustituyan la integración con alguno de los anteriores sistemas de información.

Artículo 6. Mantenimiento y evolución.

Sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Consejería de Fomento de dirección, coordinación y seguimiento de las actuaciones en tecnologías de la información, comunicaciones y administración electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Consejería de Hacienda, como responsable del sistema de gestión de contratos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la tramitación electrónica de los procedimientos de contratación, asumirá la dirección de los trabajos de mantenimiento y evolución del gestor electrónico de expedientes de contratación.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

La Consejería de Hacienda, los órganos de contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos adoptarán todas las medidas necesarias para la adecuada implementación y funcionamiento del gestor electrónico de expedientes de contratación. Antes del 31/03/2014, los procedimientos de contratación pública incluidos en el ámbito de aplicación de la presente orden se tramitarán a través del mencionado gestor corporativo.

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