Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/07/2013
 
 

Un sumario, un único instructor; por Antonio Piña, Juez Decano de Orense

31/07/2013
Compartir: 

El día 31 de julio de 2013, se ha publicado en el diario La Razón, un artículo de Antonio Piña, en el cual el autor considera que hay que garantizar por ley que en supuestos de instrucciones declaradas de especial complejidad el juez prorrogue su jurisdicción hasta su término, y todo ello sin dejar de manifestar la necesidad, como hace el nuevo Código Procesal Penal de poner un plazo máximo de duración a la instrucción.

UN SUMARIO, UN ÚNICO INSTRUCTOR

Cualquiera de nosotros ha hecho suyos los nombres de los casos de especial complejidad sometidos a instrucción en los tribunales españoles. Así los llamados “caso Campeón, Brugal, Pokemon o Gürtel” son objeto de tertulia y especial seguimiento. Al margen de esta dimensión pública, todos ellos aparecen singularizados por el carácter complejo de la instrucción, lo que conlleva una desmesurada extensión, contándose por miles los folios de documentación y por cientos las declaraciones de participes y testigos. Si hay algo que afecta negativamente, y de una forma muy acentuada, a la buena marcha de estas instrucciones son los cambios en la persona del juez Instructor. El nuevo director de la instrucción se enfrenta a un sumario que desconoce, a unas diligencias que no acordó, y tampoco dispone de esa decantación en el conocimiento del asunto que aportan las horas y horas que el anterior instructor dedico a su estudio. Las consecuencias de estos cambios son siempre paralizaciones en la instrucción, la necesidad de volver a replantear los criterios que marcaron la investigación, en suma más paralizaciones, y el asomarse al precipicio de una posible dilación indebida. Un claro ejemplo de todo ello lo tenemos en el “caso Brugal”, una instruccióniniciadaenel2006yaúnnojuzgada. Nada se ha hecho para mitigar las evidentes consecuencias que generan estos cambios. Este tipo de procedimientos debe requerir la dedicación exclusiva de un único juez, relevado de la tramitación de los asuntos ordinarios y ajeno a los vaivenes de la prórroga o cese de las comisiones de servicio que se otorguen para garantizar su exclusividad. El “caso Bárcenas” constituye otro ejemplo de procedimiento sometido a instrucción por un juez en comisión de servicio, el cual será desplazado de esta instrucción con la próxima incorporación de su titular, lo que inevitablemente supondrá una paralización del procedimiento. Por ello estimamos la necesidad de garantizar por ley que en supuestos de instrucciones declaradas de especial complejidad el juez prorrogue su jurisdicción hasta su término, y todo ello sin dejar de manifestar la necesidad, como hace el nuevo Código Procesal Penal de poner un plazo máximo de duración a la instrucción.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana