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  • EDICIÓN DE 31/07/2013
 
 

Personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra

31/07/2013
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Decreto Foral 41/2013, de 17 de julio, que modifica el Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra (BON de 30 de julio de 2013). Texto completo.

DECRETO FORAL 41/2013, DE 17 DE JULIO, QUE MODIFICA EL DECRETO FORAL 36/2009, DE 20 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, de Universidades, atribuye a las Comunidades Autónomas la regulación del régimen retributivo del personal docente e investigador contratado de las Universidades dentro de su ámbito de competencia.

El Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril Vínculo a legislación, regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra, tanto las modalidades de contratación como las retribuciones anuales que corresponden a cada modalidad. En la disposición adicional segunda se establece que únicamente el profesorado contratado doctor percibirá un complemento personal por antigüedad, que será similar al que corresponde a los profesores doctores funcionarios.

La jurisprudencia, tanto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como de los órganos judiciales españoles, viene reconociendo a todo el personal docente e investigador contratado el derecho a percibir el complemento de antigüedad en idénticas condiciones a las del profesorado contratado doctor, basado en la aplicación del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, incluido en la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999 relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.

Por ello, se hace preciso modificar el citado Decreto Foral 36/2009 Vínculo a legislación, con el fin de adaptar su disposición adicional segunda a la normativa y jurisprudencia existente en esta materia. Por otro lado, se elimina la obligatoriedad de asignar un complemento personal por antigüedad al personal docente e investigador de la Universidad Pública de Navarra, dejando en este ámbito un mayor protagonismo a la negociación colectiva.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, de acuerdo con el Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el diecisiete de julio de dos mil trece,

DECRETO:

Artículo único.-Modificación del Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril Vínculo a legislación, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra.

Se modifica la disposición adicional segunda del Decreto Foral 36/2009 Vínculo a legislación, que queda redactada en los siguientes términos:

“Con independencia de las retribuciones que se establecen en el presente Decreto Foral, el personal incluido en su ámbito de aplicación podrá percibir, en su caso, un complemento personal por antigüedad en las condiciones y cuantías que se determinen en el correspondiente convenio colectivo.”

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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