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José Luis Pérez Triviño

El dopaje: una visión alternativa

12/07/2013
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Pocos temas del ámbito del deporte han tenido tanta repercusión social y se ha debatido tanto como el dopaje. Además, la discusión no solo ha tenido lugar en ámbitos académicos sino también en la propia calle. Aunque no es un fenómeno en absoluto novedoso, en los últimos veinte años ha adquirido una inusitada atención debido, principalmente, a que ídolos deportivos de masas se han visto salpicados por la sospecha (o certeza) de haber tomado sustancias ilegales que mejoraban su rendimiento deportivo. La lista de víctimas del dopaje es extraordinariamente larga, aunque también es cierto que no ha afectado con el mismo rigor a todas las disciplinas deportivas. Algunos deportes, y en particular el ciclismo y el atletismo, se han visto especialmente golpeados por este fenómeno. Otro aspecto del dopaje digno de ser destacado es que si bien el dopaje ha sido históricamente condenado por la mayor parte de los deportistas, autoridades deportivas y por la sociedad en general al considerarlo como una forma de obtener ilegítimamente una ventaja sobre los rivales y como un riesgo para la salud del propio deportista, se puede observar que en el último decenio han ido apareciendo voces que cuestionan críticamente la política antidopaje de los organismos internacionales y nacionales. (. . .)

MADRID, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

Núñez ha argumentado la necesidad de renovar la ordenanza basándose en el aumento de estas instalaciones -en los últimos tres años el número de terrazas en Madrid ha aumentado un 150 por ciento pasando de 1.495 autorizadas en 2009 a 3.740 en 2012-- y la exigencia de conciliar la actividad económica con los derechos de los usuarios en materia de seguridad, de los vecinos al descanso y de los ciudadanos a disfrutar de un paisaje urbano armonioso.

La nueva normativa excluye a las terrazas en suelo privado de uso privado, situadas en el interior de centros comerciales, azoteas u otros espacios, que se regularán por la normativa urbanística. Este nuevo marco legal amplía el tipo de establecimientos que podrán instalar terrazas recogiendo, entre otros, los hoteles y aquellos otros con una actividad de hostelería como uso asociado, como pueden ser teatros, academias, tiendas, museos o gimnasios.

Otra novedad con respecto a la normativa anterior es que se suprimen los módulos de velador para determinar la superficie de la terraza, de forma que ésta se fijará por el número de metros cuadrados ocupados, con independencia del mobiliario instalado. También se recoge la posibilidad de instalar terrazas de más de 100 metros cuadrados sin necesidad de acudir a la Comisión Especial de Terrazas para su autorización.

Se flexibiliza igualmente el régimen de distancias, estableciéndose una mínima de paso de 2,50 metros y una ocupación máxima del 50 por ciento del espacio, sin perjuicio de algunas restricciones respecto a elementos concretos de mobiliario urbano, bocas de riego, salidas de emergencia.

En cuanto al mobiliario no se limita el tipo, permitiéndose instalar mesas altas, bancos, aparatos de climatización que cumplan con la normativa correspondiente y también se autoriza a anclar ciertos elementos que delimiten o acondicionen la terraza, previa presentación de aval y con la obligación de reponer la vía pública a su estado inicial una vez retirada la terraza. Asimismo, y con carácter excepcional, será posible adosar la terraza a la fachada del establecimiento.

La nueva ordenanza establece un procedimiento de extinción y recuperación de oficio de la autorización así como de retirada inmediata de la terraza con la restitución del terreno a su situación inicial.

SANCIONES Y ALEGACIONES

Se tipifican las infracciones y sanciones por incumplimiento de la normativa, con multas que irán de los 750 a los 1.500 euros, pudiendo llegar a los 3.000 en caso de incumplimiento reiterado, tal y como recogía la norma actual. Los servicios técnicos municipales deberán incluir la información de las terrazas en el Censo de Locales de Madrid.

Durante el período de información pública se han presentado 32 escritos, tanto de particulares como de entidades como el Colegio Oficial de Farmacéuticos, CEIM Confederación Empresarial de Madrid CEOE, La Viña Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid, la Plataforma de Asociaciones de Vecinos de Madrid Centro, Cerveceros de España o la Asociación Empresarial de Cadenas de Restauración Moderna.

De los 32 escritos presentados, se han tramitado un total de 427 alegaciones a la Ordenanza, de las cuales se han aceptado 56. Un total de 97 ya estaban incluidas en el proyecto de la norma y se han rechazado 274.

La nueva ordenanza asume las alegaciones de varios farmacéuticos que solicitaban que sus oficinas de farmacia fuesen más visibles y tuviesen un acceso garantizado, ya que son establecimientos sanitarios, por ejemplo.

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