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  • EDICIÓN DE 03/06/2013
 
 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2420-2013

03/06/2013
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2420-2013, en relación con la disposición adicional segunda de la Ley 9/2009, de 16 de julio, de modificación de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria, por posible vulneración del artículo 149.1.18.ª y 30.ª de la Constitución (BOE de 3 de junio de 2013). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 2420-2013, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DE LA LEY 9/2009, DE 16 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 2/2008, DE 28 DE MAYO, DEL CUERPO GENERAL DE LA POLICÍA CANARIA, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 149.1.18.ª Y 30.ª DE LA CONSTITUCIÓN

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2420-2013 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, en el recurso de apelación núm. 90/2012, en relación con la disposición adicional segunda de la Ley 9/2009, de 16 de julio, de modificación de la Ley 2/2008, de 28 de mayo Vínculo a legislación, del Cuerpo General de la Policía Canaria, por posible vulneración del art. 149.1.18.ª Vínculo a legislación y 30.ª Vínculo a legislación de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) Vínculo a legislación LOTC deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento, recurso de apelación núm. 90/2012, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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