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Hacia la independencia catalana (II), por Jorge de Esteban, Presidente del Consejo Editorial de El Mundo y catedrático de Derecho Constitucional.

29/05/2013
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El día 29 de mayo de 2013, se ha publicado en el diario El Mundo, un artículo de Jorge de Esteban, en el cual el autor opina acerca de la independencia catalana

EL CAMINO emprendido por los nacionalistas catalanes, desde los mismos inicios de nuestra actual democracia, evidencia sobre todo una cosa: su deslealtad constitucional. La Constitución fue aprobada en Cataluña por el 88% de los que votaron en el referéndum de 6 de diciembre de 1978, con un 67% de participación. Lo cual significa que en esa fecha la inmensa mayoría de los catalanes aceptaban la nueva Carta Magna española. Sin embargo, este apoyo masivo de los ciudadanos no fue correspondido por la nueva clase política catalana que comenzaba a gobernar, porque pronto empezaron a incumplir algunos preceptos constitucionales. Como ya dije en el artículo de ayer, la inmersión lingüística y otras medidas de la Generalitat chocaban de frente con la Constitución, demostrando así la falta de lealtad de los gobernantes catalanes. Si quisiéramos poner un ejemplo sorprendente de estas conductas, habría que referirse al cerebro gris de la tendencia soberanista adoptada por la Generalitat, tanto con los Gobiernos de CiU como con los del tripartito. Me refiero a un colega mío, una persona extremadamente educada, muy buen jurista y, lo que yo ignoraba, un ferviente catalanista. Perteneciente a una de las familias influyentes de Cataluña, fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional en 1992 a propuesta de CiU, siendo después vicepresidente del mismo. Haber pertenecido durante nueve años al órgano encargado de hacer respetar la Carta Magna no ha sido un título suficiente para evitar su comportamiento en contra de la propia Constitución.

En efecto, a él se debe la metodología empleada en la redacción del Estatut, a efectos de desarmar la Constitución, atribuyendo a la Generalitat un número ingente de competencias exclusivas, que aparecían blindadas. Si el Estatut posee 223 artículos se debe a que de forma minuciosa se han ido desgajando detalladamente cualquier competencia en subcompetencias para evitar que el Estado pueda legislar sobre ellas, a pesar de que en la Constitución aparecen como competencias exclusivas del Estado. Es evidente que Carles Viver i Pi-Sunyer, al que ya se había nombrado Director del Institut d’Estudis Autonòmics, ha sido recompensado nuevamente por su labor de ingeniería técnico-jurídica con el apabullante cargo de presidente del Consejo Nacional para la Transición a la independencia. De esta forma, encabeza un grupo de destacadas personalidades que tienen como misión estudiar las estructuras necesarias que deberá tener el nuevo Estado catalán. Pues bien, la clave para lograr la independencia deseada por los nacionalistas catalanes, consiste en poner en práctica ese llamado derecho a decidir, que no es otra cosa que el derecho de autodeterminación. La forma de ejercitar tal derecho, inexistente en los países democráticos, radica en un referéndum o, como se llama también de forma eufemística, una consulta popular. Desde el punto de vista constitucional los referendos, según el artículo 92 de la Constitución, deben ser convocados por el Rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno y con la autorización del Congreso de los Diputados, teniendo como ámbito todo el territorio nacional, luego no existe la posibilidad de convocar, en este supuesto, referendos territoriales.

Un jurista como Carles Viver, que ha sido vicepresidente del Tribunal Constitucional, y que en la actualidad es también magistrado del Tribunal Constitucional de Andorra, sabe perfectamente que no cabe un referéndum como el que reclaman los nacionalistas, salvo que se modifique antes la Constitución. Pues bien, lo curioso del comportamiento de este ex vicepresidente del Constitucional es que para justificar un referéndum inconstitucional, como es el que se reivindica, se agarra al precedente del referéndum con el que se aprobó el Estatuto de Autonomía de Andalucía, el cual iba en contra de alguno de los requisitos que señalaba la Constitución. Aquello, no hace falta recordarlo, fue una cacicada injustificable. Por eso, la argumentación que hace el presidente del Consejo Nacional para la Transición Nacional de Cataluña es realmente asombrosa, puesto que viene a decir que una fechoría justifica otra fechoría.

SEA LO que fuere, con estos antecedentes, si se quiere resolver mínimamente el problema catalán, es necesario que el Gobierno de Madrid tome ya la iniciativa, porque después de lo expuesto, es evidente que todo el arsenal nacionalista se dirige, a trancas o barrancas, a la proclamación unilateral de la independencia. Está claro que la sociedad catalana se halla fragmentada entre los que desean seguir perteneciendo a España y los que quieren independizarse. Sin embargo, desconocemos el tanto por ciento de cada una de las posiciones. Pero el número de independentistas puede ir aumentando tanto por la presión ambiental que ejercen los nacionalistas, como por la permisividad o errores del Gobierno de Madrid. En estos días, se está dando un paso más al haberse comenzado a tramitar en el Parlament la llamada Ley de Consultas, que será la utilizada para convocar ilegalmente el referéndum de independencia. Efectivamente, a pesar de las ambigüedades de la Constitución, de la ley de diversas modalidades del referéndum y del Estatut, es claro que el referéndum, llámese como se llame, está fuera de las competencias de la Generalitat, como dice expresamente el artículo 122 del Estatut, y como el propio Carles Viver ha reconocido sibilinamente, aunque dando por hecho que piensan convocarlo por encima de todo. Ahora bien, esta política de hechos consumados puede pararla el Gobierno, si por fin despierta de su modorra, a través de varias vías, como veremos enseguida, y no con un estéril recurso ante un Constitucional que los nacionalistas solo reconocen cuando les favorece.

Con frecuencia, temer lo peor es la mejor manera de estar preparado para poder pararlo, pero dicho esto hay que convenir que oponerse a la amenaza independentista de los nacionalistas catalanes solo se puede llevar a cabo teniendo en cuenta dos condiciones necesarias. Por una parte, utilizando los medios propios de un Estado de Derecho como es el nuestro, y, por otra, siendo conscientes de que Cataluña, como el País Vasco, no es una mera región española, sino algo más, lo que se debe tener siempre en cuenta.

Veamos las vías señaladas. En primer lugar, si el Gobierno catalán se empeña en llevar a cabo un referéndum ilegal, se puede intentar una negociación en el seno de la comisión bilateral Generalitat-Estado, que reconoce el artículo 183 del Estatut, para llegar a un acuerdo que evite la convocatoria ilegal. Sin embargo, esta posibilidad parece ya superflua a la vista de cómo van los acontecimientos. Por lo cual, de seguir adelante con la organización del referéndum independentista, no cabría más solución que recurrir al artículo 155 de la Constitución, que permite al Gobierno, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, tomar las medidas oportunas en aras del interés general. Entre esas medidas, que son palabras mayores y no deseadas, cabría acudir al artículo 32 de la Ley Orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio, que dice expresamente: “Cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios, el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 116 de la Constitución, podrá proponer al Congreso de los Diputados la declaración del estado de sitio”. Por supuesto, esta primera opción, por muy dura que sea, es plenamente constitucional y a ella cabría acudir si los nacionalistas se empeñan en violar la Constitución y las leyes.

Ahora bien, sin necesidad de recurrir a esas medidas, el Gobierno puede también advertir que la amenaza de celebrar un referéndum inconstitucional tendría sus consecuencias inmediatas en lo que se refiere a la ayuda económica de una Generalitat que está ahogada por el déficit y que no cuenta con los medios necesarios para llevar a cabo los gastos ordinarios, que han derrochado de forma irresponsable. Cerrar el grifo de la ayuda estatal podría ser un medio para lograr un acuerdo que evite la secesión de Cataluña. Porque digámoslo claramente, lo que está en juego no es solo la separación de una parte esencial de nuestro país, sino que lo que se halla realmente en el tablero es la destrucción de España, pues esta secesión sería seguida de la del País Vasco y de lo que viniera después. El Estado más antiguo de Europa no tiene derecho a suicidarse de esta forma.

Por último, en todo caso, cabría una solución más democrática, como desean los nacionalistas catalanes, y sería la de que el Gobierno, según el artículo 92 de la Constitución, convocase un referéndum consultivo en toda España, con la pregunta: “¿Está usted de acuerdo con que Cataluña siga perteneciendo a España?”, después de una campaña en libertad en la que cada partido expusiera sus razones, habría que decidir, a la vista de los resultados globales y de los propios de Cataluña en particular, qué es lo que cabría hacer.

Mientras tanto, Cristóbal Colón, desde su atalaya al final de las Ramblas, orgulloso de su origencatalán, como demuestra su camiseta blaugrana, otea un confuso horizonte que no presagia nada bueno...

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