MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado con el voto de su presidente, Gonzalo Moliner y de dos vocales de este órgano una iniciativa de otros consejeros que buscaba regular las sustituciones de carácter forzoso entre miembros de la carrera judicial previstas tras la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que propicia la práctica desaparición de la figura del juez sustituto.
La propuesta entró en el orden del día de la Comisión Permanente con la firma de vocales Pío Aguirre, Manuel Almenar, Carles Cruz, y Margarita Robles y ha sido rechazada por tres votos a dos "sin perjuicio de aguardar a la elaboración del documento que sobre esta materia está en elaboración por los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia", han informado a Europa Press fuentes del Consejo.
Robles y Almenar han formulado un voto particular en el que califican de "incomprensible" que el Consejo General del Poder Judicial haga dejación de sus funciones al considerar que lo razonable es que fuese este órgano "el que diese criterios generales de implantación en todos los territorios de los Tribunales Superiores de Justicia, impidiendo de ese modo posibles desigualdades y descoordinación en la aplicación de la norma".
Dentro de esos criterios generales que el Consejo debería dar, están la no inclusión "en ninguna de las listas ni planes de sustitución" de aquellos titulares de órganos judiciales cuya dedicación exceda de la horquilla fijada por este Consejo, según estos vocales.
SOBRECARGA INACEPTABLE
"Si no se hiciese tal precisión y se limita el ámbito de las sustituciones forzosas se estará obligando a los titulares de esos órganos judiciales a asumir el estudio y resolución de los asuntos en unas condiciones de sobrecarga de trabajo inaceptables", añaden.
A juicio de los firmantes del voto, al que ha tenido acceso Europa Press, la problemática que se deriva de las sustituciones forzosas previstas en la Ley, exigiría que el Consejo "limitase los supuestos de las sustituciones forzosas, sin que las razones presupuestarias que imbuyen el espíritu de la Ley, puedan primar sobre el derecho de los ciudadanos a la obtención de una tutela judicial efectiva, que no puede darse en órganos sobrecargados de trabajo".