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El TS confirma la absolución del hombre que fue condenado inicialmente por matar a su expareja Mari Cielo Cañavate

15/01/2013
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Avala la decisión del TSJ de Castilla-La Mancha que revocó la sentencia del jurado popular al no haber pruebas "concluyentes"

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que absolvió al hombre que fue condenado inicialmente por un jurado popular a 15 años de prisión por la muerte y desaparición de su ex pareja sentimental, Mari Cielo Cañavate, en Hellín (Albacete) en octubre de 2007.

La Sala de lo Penal ha desestimado los recursos interpuestos por la Fiscalía, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la familia de la joven contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia que revocaba en marzo de 2012 la decisión del jurado popular y ha condenado a estas dos últimas partes a pagar las costas ocasionadas en su recurso.

El Supremo defiende que la sentencia del tribunal de apelación fue "racional" y aplicó el derecho a la presunción de inocencia "en términos correctos, que podrán ser matizados o perfilados, pero que no pueden tildarse de contrarios a la lógica o arbitrarios y por tanto vulneradores del derecho a la tutela judicial efectiva".

En este sentido, indica que la Sala de apelación consideró que existen "unas vehementes sospechas" de que el acusado ocasionara la muerte de María del Cielo, pero que esas sospechas no alcanzan "el valor de prueba inequívoca y concluyente que habilita para dictar una sentencia condenatoria".

Esta concusión, dice el Supremo, debe ser respetada al ser "racional" y "razonable" y, por lo tanto, compatible con el derecho a la tutela judicial efectiva que puede examinar en el marco de su competencia.

"ÁNIMO FRÍO" DEL ACUSADO

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, respalda que los indicios extraídos de la desaparición de Mari Cielo no permiten extraer conclusiones "en absoluto seguras" sobre su fallecimiento.

A su entender, el Tribunal Superior de Justicia consideró de forma que "no puede ser tachada de ilógica, arbitraria o irrazonable" que existen "otras hipótesis alternativas a una acción voluntaria homicida". "Ni el ánimo frío del acusado, ni su actitud procesal negando hechos que han sido acreditados por otras vías o no dando explicación de ciertos extremos, son concluyentes", agrega.

El condenado abandonó el pasado marzo la cárcel de La Torrecica, en Albacete, y manifestó ante los medios de comunicación que "siempre" tuvo "confianza en su abogado, en la Justicia y en Dios". "Este tiempo --en referencia al transcurrido en prisión-- ha sido muy duro para mi familia y para mí. Siempre he creído en la justicia y sabía que iba a ocurrir esto", dijo F.R.G. al salir de prisión después de que el TSJ le comunicara la absolución.

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