Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/11/2012
 
 

Leónidas Vargas

El Supremo anula la sentencia del TSJM que condenó a los asesinos del 'narco' de la mafia Leónidas Vargas

12/11/2012
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia dictada en noviembre de 2011 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que confirmó las condenas impuestas a seis personas por el asesinato del 'narco' colombiano Leónidas Vargas, que se perpetró a tiros el 8 de enero de 2009 en el Hospital 12 de Octubre de Madrid, y ha obligado a este tribunal a dictar una nueva resolución subsanando las irregularidades cometidas en el fallo.

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados acuerdan estimar los recursos de casación interpuestos por los condenados contra la citada sentencia. De este modo, obliga al Alto Tribunal madrileño a dictar otra en la que se reparen las infracciones cometidas.

El 18 de mayo de 2011 la Audiencia Provincial de Madrid condenó a los procesados a penas de entre cuatro años y 26 años de cárcel después de que un jurado popular les declarase culpables. La mayor condena recayó en Edgar Andrés O.F., por delito de asesinato alevoso, atentado, tenencia ilícita de armas y una falta de lesiones. Como autor material de los disparos fue condenado Jonathan Andrés O., a quien se impusieron 25 años y nueve meses de cárcel por asesinato y tenencia ilícita de armas.

Esta sentencia fue confirmada en parte por el TSJM en noviembre de 2011, ya que acordó exculpar a Yuli Carolina, la única mujer condenada por el asesinato del 'narco'.

FALTA DE MOTIVACIÓN

El Supremo considera ahora que los magistrados del TSJM "no han motivado suficientemente el conjunto de elementos probatorios que hizo constar el Jurado como fundamento sucinto de su convicción" en alusión a declaraciones testificales en la vista oral.

"La labor de los jueces profesionales es la de desarrollar extensamente tal motivación, ofreciendo los datos que permitan su complemento y comprensión, con objeto de satisfacer el derecho a la tutela judicial efectiva", añade la resolución.

En los recursos, las defensas denunciaban también la vulneración del derecho a la presunción de inocencia de sus clientes y ponían en duda la legalidad de las intervenciones telefónicas, por considerarlas indiscriminadas y no estar dirigidas a una persona en concreto

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  6. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  7. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  8. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  9. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana